Corrección de errores a las Enmiendas adoptadas en Ginebra el 11 de octubre de 2019 y el 16 de octubre de 2020 a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes (ATP) hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970. Texto consolidado del Acuerdo ATP.

MarginalBOE-A-2022-12484
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el texto consolidado del Acuerdo ATP, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 143 de 16 de junio de 2022, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

– Página 83052, el texto completo del ANEJO 2, APÉNDICE 1, Control de la temperatura ambiente para el transporte de mercancías perecederas ultracongeladas, se sustituye por el siguiente:

ANEJO 2, APÉNDICE 1 Control de la temperatura ambiente para el transporte de mercancías perecederas ultracongeladas La unidad de transporte deberá estar provista de un aparato que permita medir la temperatura ambiente, registrarla y conservar los datos correspondientes (en lo sucesivo, el aparato), con el fin de controlar la temperatura de transporte a la que están sometidas las mercancías ultracongeladas destinadas al consumo humano.

El aparato será verificado conforme a la norma EN 13486:2002 por un organismo acreditado y la documentación estará disponible para obtener la aprobación de las autoridades competentes del ATP.

El aparato será conforme a la norma EN 12830:2018.

Los registradores de temperatura en servicio conforme a la norma EN 12830:1999 podrán continuar...

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