Orden ARM/1824/2010, de 6 de julio, de corrección de errores de la Orden ARM/1603/2010, de 8 de junio, sobre delegación de competencias.
Marginal | BOE-A-2010-10813 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino |
Rango de Ley | Orden |
Advertidos errores en la Orden ARM/1603/2010, de 8 de junio, de delegación de competencias publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 147, de 17 de junio, se procede a su rectificación:
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En la página 51862, en el enunciado del punto 1 del capítulo I, donde dice: «1. Por la Ministra y por los Secretarios de Estado de Medio Rural y Agua y de Cambio Climático previa aprobación de la Ministra, se delegan en los órganos superiores y directivos que figuran en el anexo de la presente Orden con cargo a los respectivos créditos presupuestarios, y con los límites de cuantías que se establecen en el mismo, las siguientes competencias:»; debe decir: «1. Por la Ministra y por los Secretarios de Estado de Medio Rural y Agua y de Cambio Climático previa aprobación de la Ministra, se delegan en los órganos superiores y directivos que figuran en el anexo de la presente Orden con cargo a los respectivos créditos presupuestarios, y con los límites de cuantías que se establecen en el mismo, las siguientes competencias, siempre que no se encuentren delegadas en virtud de otros apartados de la presente Orden:».
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En la página 51862, en la letra d) del punto 1 del capítulo I, donde dice: « d) Autorizar y comprometer gastos y reconocer obligaciones, incluyendo las transferencias internas, autorización de documentos contables y, en general, todas las facultades de gestión y de ejecución presupuestaria previstas en el artículo 74 de la Ley 47/2003, General presupuestaria.»; debe decir: «d) Autorizar y comprometer gastos y reconocer obligaciones, incluyendo las transferencias internas y, en general, todas las facultades de gestión y de ejecución presupuestaria previstas en el artículo 74 de la Ley 47/2003, General presupuestaria».
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En la página 51863, en el punto 3, se añade una nueva letra h) con el siguiente texto: «h) La autorización de los documentos contables.».
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En la página 51863, capítulo I punto 4, donde dice: «En relación con los contratos, convenios, encomiendas o encargos que se financien con cargo al capítulo 2 todas la competencias a que se refiere este Capítulo se entenderán delegadas en los titulares de la Subsecretaría y la Dirección General de Servicios, con los límites que se señalan en el anexo a la presente orden»; debe decir: «En relación con los contratos, convenios, encomiendas o encargos que se financien con cargo al capítulo 2 y 6 del Servicio 01 y capítulo 6 del Servicio 13, todas la competencias anteriormente mencionadas se...
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