Corrección de errores del Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyLey

I

DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CORRECCIÓN de errores del Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas. (2023DE0006)

Advertidos errores materiales en el Decreto-ley 4/2023, de 12 de septiembre por el que se aprueban medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes, se amplían las ayudas al acogimiento familiar, se incrementan las ayudas a los nuevos autónomos y se conceden ayudas directas a los productores de cerezas, publicado en el DOE n.º 178 de fecha 15 de septiembre, se procede a su oportuna rectificación: En el CAPÍTULO II, artículo 2, página 49978: En el punto 1: Donde dice:

Se incluye un nuevo punto 7 en el artículo 30, con el siguiente tenor literal: "7. Además, en el Programa I una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes en cualquiera de los grupos definidos en los apartados 4 y 5 del presente artículo".

Debe decir:

Se incluye un nuevo punto 7 en el artículo 30, con el siguiente tenor literal: "7. Además, en el Programa I una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes en cualquiera de los grupos definidos en los apartados 3, 4 y 5 del presente artículo".

En el punto 2: Donde dice:

Se añade un nuevo punto 7 en el apartado quince de la disposición adicional única, con el siguiente tenor literal:

"7. Además, en el Programa I una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes en cualquiera de los grupos definidos en los apartados 4 y 5 del presente apartado".

Debe decir: Se añade un nuevo punto 7 en el apartado quince de la disposición adicional única, con el siguiente tenor literal: "7. Además, en el Programa I una subvención de 960 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes en cualquiera de los grupos definidos en los apartados 3, 4 y 5 del presente apartado".

En el CAPÍTULO IV, artículo 6, página 49980, debe eliminarse su último párrafo, que dice: "A los fondos descritos en el apartado anterior no serán aplicables las limitaciones previstas en el artículo 69.1.b) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura".

En el CAPÍTULO V, artículo 11, página 49986: Donde dice:

"De acuerdo con el artículo 75.a) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, se aprueba un crédito extraordinario en el presupuesto de la Sección 12 "Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio", Servicio 002 "Dirección General de Agricultura y Ganadería", Programa 312B "Competitividad y calidad de la producción agrícola y ganadera", Subconcepto 47000 "Transferencias corrientes a empresas privadas", fondo CAG0000001 "Comunidad Autónoma" y Proyecto 20000250 "Ayudas para la suscripción de pólizas de seguros de productos agrarios", por importe de 500.000,00 euros".

Debe decir: "Se incrementa el crédito de la Sección 12 "Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio", Servicio 002 "Dirección General de Agricultura y Ganadería", Programa 312B "Competitividad y calidad de la producción agrícola y ganadera", Subconcepto 47000 "Transferencias corrientes a empresas privadas", fondo CAG0000001 "Comunidad Autónoma" y Proyecto 20000250 "Ayudas para la suscripción de pólizas de seguros de productos agrarios", en 500.000,00 euros".

* * *

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR