Corrección de errores de la Circular 4/2016, de 27 de abril, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, y la Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Información de Riesgos.

MarginalBOE-A-2016-5724
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en la Circular 4/2016, de 27 de abril, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, y la Circular 1/2013, de 24 de mayo, sobre la Central de Información de Riesgos, procede efectuar las siguientes correcciones:

  1. En la página 30326, en la letra f) de la norma 1, sobre «Modificaciones en las normas de la Circular 4/2004», se realizan las siguientes rectificaciones:

    – En el numeral i), se sustituye «según la definición contenida en la sección B del apartado 1 del anejo IX» por «según la definición contenida en el punto 18 del anejo IX» y se sustituye «con detalle de su clasificación como riesgo normal en vigilancia especial o dudosos» por «con detalle de su clasificación como riesgo dudoso».

    – En el numeral ii), se sustituye «con un desglose adicional de las financiaciones que se encuentren clasificadas como “normales en vigilancia especial” y “dudoso”.» por «con un desglose adicional de las financiaciones que se encuentren clasificadas como “dudoso”.»

  2. En la página 30327, en el numeral iii) de la letra g) de la norma 1, sobre «Modificaciones en las normas de la Circular 4/2004», se sustituye «Los bienes inmuebles se clasifican como residenciales o comerciales» por «Los bienes inmuebles se clasifican como residenciales, oficinas o locales comerciales».

  3. En la página 30330, en la letra b) de la norma 2, sobre «Modificaciones en los anejos de la Circular 4/2004», relativa al anejo I, «Estados individuales públicos», se añaden los siguientes guiones:

    – En el estado PI 7-3, la columna «De los cuales: Dudosos» se sustituye por «De los cuales: Con incumplimientos/dudosos».

    – En el estado PI 9, la nota (a) se sustituye por el siguiente texto:

    (a) La definición de préstamos a la clientela es la que se utiliza en la confección del balance. Este estado incluye todas las operaciones de esta naturaleza, con independencia de la partida en la que estén incluidas en el balance.

    El importe a reflejar para los diferentes datos es el importe en libros de las operaciones, es decir, después de deducir las correcciones de valor efectuadas para la cobertura de las operaciones.

    – En los estados PI 10-1 y PI 10-2, la nota (a) se sustituye por el siguiente texto:

    (a) La definición de exposiciones a efectos de este estado incluye los préstamos y anticipos, valores representativos de deuda...

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