CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público (DOGC núm. 6551, de 30.1.2014).
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA |
Habiendo observado erratas en el texto de la mencionada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 6551, de 30.1.2014, se detalla la corrección oportuna:
En el artículo 158.2
Donde dice:
-
Se modifica la letra i del artículo 3 del Decreto ley 4/2010, que queda redactado del siguiente modo:
i) (...) Con estas finalidades, la Agencia puede acceder a los datos personales necesarios que obren en los registros (…).
Debe decir:
-
Se modifica la letra i del artículo 3 del Decreto ley 4/2010, que queda redactada del siguiente modo:
i) (...) Con estas finalidades, la Agencia puede acceder a los datos personales necesarios que consten en los registros (…).
En el artículo 163.5, letras e y f
Donde dice:
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El artículo 49, relativo al Consejo de Salud Laboral.
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El artículo 77, relativo a los órganos de la Generalidad competentes para imponer sanciones.
Debe decir:
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El artículo 49, relativo al Consejo de Salud Laboral, que mantiene su vigencia con rango reglamentario.
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El artículo 77, relativo a los órganos de la Generalidad competentes para imponer sanciones, que mantiene su vigencia con rango reglamentario.
En el artículo 173.1, sexto párrafo
Donde dice:
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El planeamiento urbanístico (...) ni con otras figuras de protección de la biodiversidad, de montes de utilidad pública u otras figuras de protección de la Unión Europea.
Debe decir:
»4. El planeamiento urbanístico (...) ni con otras figuras de protección de la biodiversidad o de montes de utilidad pública u otras figuras de protección de la Unión Europea.
En el artículo 215:
Se debe suprimir todo el artículo.
En el artículo 216:
Donde dice:
Debe decir:
En el artículo 217:
Donde dice:
Debe decir:
En el artículo 218:
Donde dice:
Debe decir:
En la disposición adicional segunda, apartado 2.3:
Donde dice:
2.3. (...) En caso contrario, el régimen jurídico aplicable a las contrataciones mencionadas es el correspondiente a las entidades que tienen carácter de poder adjudicador, de acuerdo con la misma normativa...
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