La coordinación comunitaria de las prestaciones por desempleo

AutorSara Guindo Morales
Páginas91-110
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 14 (1er Trimestre 2018)
Estudios Doctrinales ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepción: 2-10-2017 Fecha Revisión: 16-10-2017 Fec ha Aceptación: 23-10-2017
Pags. 91-110
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La coordinación comunitaria de las prestaciones por desempleo
The European Union coordination of the unemployment benefits
Resumen
Abstract
El presente trabajo de investigación pretende analizar
el régimen jurídico de la coordinación comunitaria de
las prestaciones por desempleo derivadas del Derecho
social comunitario. Con tal fin, resulta obligado partir
Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la
coordinación de los sistemas d e seguridad social y el
Reglamento (CE) núm. 987/2009 del Parlamento
Europeo y del Consejo, por el que se adoptan las
normas d e aplicación del Reglamento (CE) núm.
883/2004. De sus contenidos y de los recientes
pronunciamientos jurisprudenciales del Tribunal d e
Justicia de la Unión Europea se desprende que el
desempleo continúa constituyendo la p restación social
más problemática y compleja debido a la existencia de
los diferentes regímenes jurídicos de los Estados
miembros, lo qu e motiva que focalicemos en ella
nuestro estudio, en donde se examinarán las cuestiones
que la actual regulación se encuentra generando y las
respuestas que a las mismas se han planteado desde los
ámbitos legislativo y jurídico.
This research work aims to do an analysis of the
legal regulations of the European Union
coordination of the u nemployment benefits derived
from the community social law. On that purpose, we
must begin with the well-known Regulation (CE)
num. 883/2004 of the European Parliament and the
Council, which deals with the coordination of the
social security systems, and the Regulation (CE)
num. 987/2009 of the European Parliament and the
Council, by which the application norms of the
From its contents and the recent declarations in case-
law terms by the Court of Law of the European
Union, it is concluded that the unemployment still
constitutes the most problematic and complex social
service due to the existence of different legal
regulations of the member States, what justifies this
focus on it, where both the questions that the current
regulation is creating and the contemplated answers
in the legal and legislative field will be studied.
Palabras clave
Keywords
Coordinación comunitaria; prestación por desempleo
European Union coordination; unemployment benefit
1. INTRODUCCIÓN
Debido a la actual crisis económica y social que se encuentra atravesando to da la
comunidad internacional, la prestación por desempleo adquiere especial relevancia si se tiene
en cuenta que una de las consec uencias de la recesión contemporánea es la significativa
pérdida de empleos en la Unión Europea
1
.
1
VALDUEZA BLANCO, Mª. D.: “La protección social de los ciudadanos en el Derecho Comunitario”, en
GONZÁLEZ ORTEG A, S. (Dir.) et al: La protección social de los extranjeros en España, Valencia, Tirant lo
Blanch, 2010, pág. 105.
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Sometidos a una gran presión financiera, los regímenes de prestaciones de desempleo
se han reformado en las últimas décadas para dificultar el acceso a las mismas,
endureciéndolos, consideránd ose inevitable debido al incremento del número de
desempleados, conllevando la reducción de cotizaciones y contribuyentes así como el
aumento de los posibles beneficiarios, por tanto, lo anterior justifica la necesidad de encajar
y equilibrar una situación en la que cada vez existen más peticionarios y, al mismo tiempo,
menos recursos económicos
2
.
El sistema de coordinación comunitaria encuentra su fundamento jurídico en los
adelante y p ara simplificar, TFUE, co nstituyendo el principio básico del que se parte el de
la eliminación de los obstáculos a la libre circulación de trabajadores entre los Estados
miembros; con esta finalidad instrumental, se adoptan medidas en materia de Seguridad
Social con el objeto d e evitar que los ciudadanos de la UE o asimilados a ellos que
trabajen y residan en un Estado miembro distinto al suyo de origen pierdan una parte o todos
sus derechos de Seguridad Social
3
. Y es que la incertidumbre sobre los derechos generados
en un Estado disuadiría a un ciudadano europ eo para desplazarse en el interior de la UE si no
se le garantiza que tendrá los mismos derechos que si no hubiera ejercido su derecho de
movilidad
4
.
Actualmente, la Seguridad Social europea se articula en torno a la idea de
coordinación y no de armonización, en otros términos, el propósito no consiste en adoptar
una legislación única para todos los ciudadanos de la Unión Euro pea ni crear un sistema
exclusivo que sustituya a los diferentes sistemas nacionales de Seguridad Social de los
Estados miembros, sino articular unas reglas comunes de funcionamiento que permitan
coordinar los distintos sistemas normativos de Seguridad Social existentes con el objetivo, en
último lugar, de “garantizar a las personas que se desplazan dentro de la Comunidad, a las
personas a su cargo y a sus supérstites, e l mantenimiento de los derechos y ventajas que
hayan adquirido o estén adquiriendo
5
”; por tanto, centrando el tema en los aspectos que se
refieren a la coordinación de la prestación por desempleo, debe señalarse que, desde el 1 de
mayo de 2010, los sistemas de Seguridad Social de los Estados miembros de la Unión
Europea están coordinados por dos Reglamentos: el Regla mento (CE) núm. 883/2004 d el
Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad
social
6
(Reglamento base) en adelante y para simplificar, Reglamento (CE) núm. 883/2004
y el Reglamento (CE) núm. 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se
adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) núm. 883/2004 sobre la coordinación
2
PIETERS, D.: “Reflexiones comparativas sobre los regímenes del desempleo en Europa”, en AA.VV.: La
protección por desempleo en España: XII Congreso Nacional de la Asociación Española de Salud y Seguridad
Social, Murcia, Laborum, 2015, pág. 923.
3
MONEREO PÉREZ, J. L.: “Los derechos de Seguridad Social de los trabajadores migrantes: inmigración laboral y
refugiados”, en Revista de Derecho Migratorio y Extranjería, Parte Dossier, núm. 4, Navarra, Aranzadi, 2016,
pág. 21.
4
MONEREO PÉREZ, J. L., MOLINA NAVARRETE, C. y QUESADA SEGURA, R.: Manual de Seguridad Social,
Granada, Comares, 2014, pág. 61.
5
Considerando 13º Reglamento (CE) núm. 883/2004.
6
Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea en adelante y para simplificar, DOUE en fecha de 30 de
abril de 2004.

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