STSJ Cataluña , 19 de Enero de 2001

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJCAT:2001:755
Número de Recurso6661/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6661/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL amr ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ ILMA. SRA. Dª. NATIVIDAD BRACERAS PEñA En Barcelona a 19 de enero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 554/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por PROCLÍNIC S.A. frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº2 Barcelona de fecha 5 de junio de 2000 dictada en el procedimiento nº 382/2000 y siendo recurrida Bárbara . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25 de abril de 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Extinción a instancia del trabajado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 5 de junio de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimando la demanda formulada por Dª Bárbara , contra la empresa PROCLÍNIC, S.A., debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre las partes y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 7.087.260 ptas. en concepto de indemnización."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora Dª. Bárbara , mayor de edad, con DNI número NUM000 , viene prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada Proclínic, S.A. con antigüedad desde el 4 de noviembre de 1986.

SEGUNDO

La actora fue contratada inicialmente como Auxiliar Administrativa.

TERCERO

Desde hace 10 años ha venido siendo responsable de Delegación realizando las siguientes funciones:

  1. Coordinación Delegación.

    Coordinación y supervisión de todas las áreas de la delegación.

    Distribución diaria de la carga de trabajo y reasignación temporal de funciones.

  2. Función Comercial.

    Atención diaria al cliente en mostrador.

    Información.

    Asesoramiento.

    Toma de pedido.

    Preparación de pedidos.

    Emisión fracturación.

    Gestiones para cobro (domiciliación bancaria, contrareembolso, etc.) Reclamaciones, devoluciones y cambios de los clientes.

    Atención al que realiza la reclamación.

    Valoración reclamación.

    Decisión.

    Reclamación impagados.

  3. Función Administrativa.

    Operativa de caja.

    Cobros y pagos.

    Arqueo diario.

    Verificación de caja.

    Cierre mensual.

  4. Función Comercial.

    Atención diaria al cliente en mostrador:

    Información.

    Asesoramiento.

    Toma de pedidos.

    Emisión facturación.

    Cobro caja.

    Atención diaria al cliente por teléfono:

    Información.

    Asesoramiento.

    Toma de pedidos Emisión facturación.

    Gestiones para cobro (domiciliación bancaria, contrareembolso, etc.) Reclamaciones, devoluciones y cambios de los clientes.

    Atención al que realiza la reclamación.

    Valoración reclamación.

    Decisión.

  5. Función Logística.

    Supervisar:

    Demanda de mercancías a la central.

    Demanda de pedidos especiales.

    Criterio de ordenación de estanterías.

    Listado de temperaturas.

    Mantenimiento del almacén y tienda en general.

    Inventario.

  6. Función Administrativa.

    Operativa de caja.

    Cobros y pagos.

    Arqueo diario.

    Verificación de caja.

    Cierre mensual.

    Además pagaba talones y realizaba ingresos de clientes en cuenta.

CUARTO

Mediante escritura pública de fecha 13 de noviembre de 1992 la empresa otorgó poderes a la actora para ejercer las siguientes facultades: "Abrir, disponer y cancelar cuentas corrientes y de ahorro, en cualesquiera Bancos Cajas de Ahorros y Entidades de Crédito, librar, cobrar, pagar y endosar cheques, letras de cambio y demás documentos de giro y crédito; solicitar extractos y transferencias de cuentas, y a los expresados fines suscribir cuanta documentación sea precisa".

QUINTO

La actora se incorporó, tras disfrutar del período de baja por maternidad el día 20 de marzo de 2000, fecha en que la empresa le comunicó el cambio de funciones de responsable de delegación a vendedora.

SEXTO

La empresa emitió comunicado interno de fecha 24 de febrero de 2000 a los empleados de la tienda de la Avda. de Roma, donde presta servicios la demandante poniendo en conocimiento de los empleados la nueva estructura organizativa de la tienda, procediendo al nombramiento de Dª. María del Pilar como delegada y de la actora como vendedora, por los motivos que en dicho documento se contienen que se dan por reproducidos.

SÉPTIMO

Con anterioridad al alta de maternidad (20/3/00) la empresa remitió un comunicado a los trabajadores de dicha tienda comunicando el cese de la actora como delegada y traspasando el cargo a otra empleada.

OCTAVO

La demandante solicitó reducción de jornada por guarda legal de un menor que le fue concedida por la empresa a partir del día 20/3/00, en una duración de jornada de 30 horas semanales, de lunes a viernes, a razón de 6 horas diarias, en horario de 9 a 15 horas.

NOVENO

La actora viene percibiendo un salario de 11.524 ptas. diarias brutas, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, en jornada completa, que se ha reducido a 8.643 ptas. diarias brutas, también con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, como consecuencia de la reducción de jornada anteriormente expuesta. El salario es el mismo que venía percibiendo como Responsable de Delegación.

DÉCIMO

En enero del año en curso la empresa detectó irregularidades por impago de clientes y la falta de reclamación y requerimientos a los clientes morosos, de cuyo cumplimiento era responsable la actora y la testigo Sra. Asunción como contable de la empresa.

DÉCIMO

PRIMERO.- La empresa ha concedido reducción de jornada a otras trabajadoras, aunque ninguna de ellas era responsable de Delegación, así como han continuado prestando servicios para la empresa trabajadores que han disfrutado de baja por maternidad.

DÉCIMO

SEGUNDO.- La actora figura en el...

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