Convenio de Colaboración entre la Universidad de Oviedo y la Asociación Asturiana de Higienistas Bucodentales para la realización de cursos de extensión universitaria. [Cód. 2014-12276]

SecciónOtras Disposiciones

En Oviedo, a 7 de mayo de 2014.

Reunidos

De una parte, el Excmo. Sr. don Vicente Gotor Santamaría, Rector Magnífico de la Universidad de Oviedo en virtud del Decreto 3172012, de 22 de marzo, de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, por el que se dispone su nombramiento, y con las atribuciones que le confiere la letra l) del artículo 60 el Decreto 233/2003, del Principado de Asturias, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo.

Y de otra, Dña. Mar González Montes con DNI 11.413.579-J, en calidad de Presidenta y representante legal de la Asociación Asturiana de Higienistas Bucodentales, CIF G-33331406 (en adelante HIDES Asturias).

Vienen como tales y en la representación que ostentan, reconociéndose la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio,

Exponen

I

Que la Universidad de Oviedo es una institución de derecho público, con personalidad y capacidad jurídica plenas y patrimonio propio, que asume y desarrolla sus funciones como servicio público de la educación superior y la investigación científica y técnica en régimen de autonomía, de Convenio con lo establecido en el artículo 27.10 de la Constitución.

Que HIDES Asturias, constituida con carácter profesional, con depósito de sus Estatutos en la Delegación de Trabajo de Asturias, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 19/77, a los aspectos de adquisición de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, de conformidad con la referida Ley, tiene como fines, según el artículo 3.º de sus Estatutos:

  1. La representación con gestión, defensa y promoción a nivel de los intereses científicos académicos y reivindicativos de sus asociados.

  2. La Administración de sus recursos procedentes de las cuotas de sus asociados y su aplicación a los objetivos de la Asociación.

  3. Establecimientos de servicios propios de interés común de asociados.

  4. Fomentar la solidaridad de los Higienistas Dentales de la Asociación.

  5. Impartir instrucciones y orientaciones en orden al enfoque y solución de los problemas que, con carácter general, puedan implantarse en la esfera de la Higiene Dental como profesión.

  6. La única unificación de acciones e intereses de la Asociación en favor de la Higiene Dental como profesión y como medio más eficaz para lograr la mejor solución a los asuntos generales y comunes, como son establecimiento en cuanto sea posible de tarifas profesionales, promoción y desarrollo del nivel técnico mediante organización de...

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