ACUERDO GOV/119/2010, de 15 de junio, por el que se autoriza la firma del Convenio de colaboración entre comunidades autónomas en materia de prevención y extinción de incendios forestales.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO

GOV/119/2010, de 15 de junio, por el que se autoriza la firma del Convenio de colaboración entre comunidades autónomas en materia de prevención y extinción de incendios forestales.

En el “VI Encuentro de comunidades autónomas para el desarrollo de sus estatutos de autonomía” llevado a cabo el 8 de marzo de 2010 en Palma de Mallorca, los consejeros de las comunidades autónomas reunidas (Islas Baleares, Andalucía, La Rioja, Valencia, Castilla la Mancha, Aragón, Castilla y León y Cataluña) firmaron un protocolo por el que se comprometían a impulsar la tramitación de un convenio para el establecimiento de un marco de cooperación y colaboración en las actividades de prevención y extinción de incendios forestales.

Este Convenio establece el compromiso mutuo de las comunidades autónomas que lo firman con el fin de cooperar y colaborar entre sí en las tareas de lucha contra los incendios forestales y con la aportación de los medios humanos y económicos que se establezcan en el Convenio.

El artículo 178 del Estatuto de autonomía de Cataluña prevé que la Generalidad puede suscribir convenios de colaboración con otras comunidades autónomas y que el Gobierno tiene que informar al Parlamento de la suscripción en el plazo de un mes a contar del día de la firma. También hay que comunicar la firma del Convenio a las Cortes Generales, y su vigencia empieza sesenta días después de esta comunicación, salvo lo que prevé el apartado 4 in fine del citado artículo. Finalmente, este Convenio tiene que ser publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , en el plazo de cuarenta y cinco días desde el día de su firma.

El artículo 10 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, establece que corresponde al presidente de la Generalidad firmar los convenios de colaboración entre comunidades autónomas, y el artículo 26.k) de la Ley mencionada prevé que la suscripción de los convenios de colaboración a los que se hace referencia en el artículo 178.1 del Estatuto tienen que ser aprobados por el Gobierno.

En consecuencia, a propuesta del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, el Gobierno

Acuerda:

—1 Aprobar la suscripción del Convenio de colaboración entre comunidades autónomas en materia de prevención y extinción de incendios forestales, que se incorpora como anexo a este Acuerdo.

—2 Disponer que se publique el Convenio de colaboración en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya en el plazo de cuarenta y cinco días desde su firma.

—3 Informar al Parlamento de la suscripción del Convenio en el plazo de un mes a contar del día de la firma y comunicarlo a las Cortes Generales.

Barcelona, 15 de junio de 2010

Laia Bonet Rull

Secretaria del Gobierno

Anexo

Convenio de colaboración entre comunidades autónomas en materia de prevención y extinción de incendios forestales

Las comunidades autónomas firmantes con competencias en materia de montes, protección civil y prevención y extinción de incendios forestales

Exponen:

La cooperación entre las comunidades autónomas resulta imprescindible en la nueva etapa de consolidación del Estado autonómico, en la que los ciudadanos exigen esta colaboración horizontal para una mejor prestación de los servicios públicos.

La Ley estatal básica 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, tiene por objeto, según indica su artículo 1, garantizar la conservación y protección de los montes españoles, y promover su restauración, mejor sostenibilidad, y aprovechamiento racional, con el apoyo de la solidaridad colectiva y cohesión territorial.

Esta cohesión territorial exige la colaboración y cooperación de las diferentes administraciones públicas en la elaboración y ejecución de sus políticas forestales. Tal y como indica la propia exposición de...

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