STSJ Cataluña 463/2005, 1 de Junio de 2005

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2005:14293
Número de Recurso486/2003
Número de Resolución463/2005
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 463

Ilustrísimos Señores :

MAGISTRADOS

  1. JOSÉ JUANOLA SOLER.

  2. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

Dña. ANA RUBIRA MORENO.

BARCELONA, a uno de junio de dos mil cinco.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 486/2003,

seguido a instancia de la entidad IBORY FINZ, S.L. UNIPERSONAL y Don Luis Pablo , representados por la Procuradora Doña ANA SALINAS PARRA, contra el

AYUNTAMIENTO DE MANRESA, representado por el Procurador Don JORDI FONTQUERNI BAS,

sobre Disposición General.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.ANTECEDENTES DE HECHO.

  1. - El 18 de febrero de 2002 el Ple del Ayuntamiento de Manresa dictó Resolución por virtud de la que, en esencia, se desestimó íntegramente el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de 17 de septiembre de 2001 por el que se aprobó el expediente de aplicación de contribuciones especiales para la ejecución de la obra denominada "projecte de remodelació del carrer Carrasco i Formiguera, entre Ginjoler i Primer de Maig".

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  5. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 26 de mayo de 2005, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de la entidad IBORY FINZ, S.L. UNIPERSONAL y Don Luis Pablo contra la Resolución de 18 de febrero de 2002 del Ple del AYUNTAMIENTO DE MANRESA por virtud de la que, en esencia, se desestimó íntegramente el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de 17 de septiembre de 2001 por el que se aprobó el expediente de aplicación de contribuciones especiales para la ejecución de la obra denominada "projecte de remodelació del carrer Carrasco i Formiguera, entre Ginjoler i Primer de Maig".

SEGUNDO

Las parte actora trata de discutir la legalidad de la Resolución impugnada, sustancialmente, desde las siguientes perspectivas:

  1. Impugnando el proyecto de urbanización que se trata de financiar con la figura tributaria de autos. A tales efectos se llega a apuntar que en cualquier momento se puede pretender la nulidad de pleno derecho por la vía del artículo 102 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero .

  2. Igualmente se sigue insistiendo en la perspectiva del proyecto de obras a financiar ofreciendo alegaciones en la...

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