SAP Madrid 100/2007, 22 de Febrero de 2007

PonenteJUAN ANGEL MORENO GARCIA
ECLIES:APM:2007:2827
Número de Recurso125/2006
Número de Resolución100/2007
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00100/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO: 100

Rollo: 125 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don José Luis Durán Berrocal

Don Juan Luis Gordillo Álvarez Valdés

Don Juan Ángel Moreno García

En Madrid, a veintidós de febrero de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº 411/2004, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 41 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo 125/2006 en los que aparecen como partes: de una, como demandantes y hoy apelantes DON Miguel Y DOÑA Celestina, representados por el Procurador Sr. Don Víctor Enrique Mardomingo Herrero, y de otra, como demandada y hoy apelada PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por la Procuradora Sra. Doña María Asunción Miquel Aguado; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. Juan Ángel Moreno García.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 41 de Madrid, en fecha 26 de octubre de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›Fallo: "Desestimar la demanda interpuesta por D. Miguel y Dª Celestina, representados por el Procurador D. Víctor Enrique Mardomingo Herrero, y absolver a Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, representada por la Procuradora Dª Mª Asunción Miquel Aguado, de los pedimentos contra ella deducidos con imposición a los demandantes de las costas procesales devengadas en este procedimiento."

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día veintiuno de febrero del presente año.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada que deben entenderse completados por los de esta resolución judicial.

Segundo

En el escrito de formalización del recurso de apelación se impugna la sentencia dictada en primera instancia por entender que la causa de la muerte es un infarto que se produjo como consecuencia y a raíz del accidente y de la tensión provocada, por lo que debe ser calificada la muerte por accidente y por lo tanto dentro de la cobertura del seguro, toda vez que habiéndose producido un accidente de tráfico, y que como consecuencia de ellos aparece el conductor con una parada cardiorrespiratoria que le produce la muerte, debe entender que existe una relación de causa y efecto entre el accidente y el resultado letal, por lo que correspondiendo a la entidad aseguradora la prueba del hecho que impide su obligación de pagar el importe...

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