SAP Jaén 24/2007, 6 de Febrero de 2007

PonenteMARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
ECLIES:APJ:2007:26
Número de Recurso33/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución24/2007
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

S E N T E N C I A Núm. 24

Iltmos. Sres.:

Presidenta

Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

Magistrados

D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

D. RAFAEL MORALES ORTEGA

En la ciudad de Jaén, a Seis de Febrero de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario seguidos en primera instancia con el núm. 210/2006, por el Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Martos, rollo de apelación de esta Audiencia núm. 33/2007, a instancia de D. Lucas, representado en la instancia por la Procuradora Sra. Ocaña Toribio y defendido por el Letrado D. Felipe P. Morente contra D. Luis Enrique, representado en la instancia por el Procurador D. Juan Ángel Jiménez Cózar y en esta alzada por el Procurador D. José Jiménez Cózar y defendido por la Letrada Dª. Gloria Madueño Jiménez.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº Dos de Martos con fecha 13 de noviembre de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Ocaña Toribio, en nombre y representación de Lucas, contra Luis Enrique, representado por el Procurador Sr. Jiménez Cózar, debo de absolver y absuelvo al citado demandado de las acciones y pretensiones aducidas contra el mismo, y condenar al actor al pago de las costas procesales causadas, debiendo tener la presente resolución el carácter y naturaleza de cosa juzgada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se formuló, en tiempo y forma, por la parte actora, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia de referencia, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso, interesando la estimación de la demanda al no haber transcurrido el plazo de prescripción previsto para el ejercicio de las acciones personales alegado de contrario.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición al mismo por la parte demandada que solicita la confirmación de la sentencia impugnada; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones, con emplazamiento de las partes ante esta Audiencia, en cuya Sección Segunda, tras su reparto, se formó el rollo correspondiente, quedando pendiente de deliberación votación y fallo la que fue señalada y tuvo lugar el día 5 de febrero de 2007.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Iltma. Sra. Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY.

NO ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la sentencia impugnada mediante el recurso de apelación formulado por la parte actora, se desestima la demanda en la que se ejercita acción personal de reclamación del precio adeudado por la ejecución del encargo consistente en la instalación del sistema de calefacción y aire acondicionado y bidones de acumulación de agua, conforme al presupuesto y factura que acompañan a la demanda. El motivo de dicha desestimación no es otro que el único alegado por el demandado, la excepción de prescripción opuesta en base a lo dispuesto en el artículo 1967.4º del C. Civil, que se considera aplicable al supuesto de autos por consistir en prestación de servicios y venta de materiales, que se consideran sometidos a la prescripción de tres años.

Se alza el demandante contra dicha consideración alegando, en síntesis, error en la aplicación del precepto al no haber...

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