SAP Almería 20/2004, 23 de Enero de 2004

PonenteBenito Gálvez Acosta
ECLIES:APAL:2004:86
Número de Recurso375/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución20/2004
Fecha de Resolución23 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

59945994

SENTENCIA Nº 20

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. BENITO GALVEZ ACOSTA

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. NICOLAS POVEDA PEÑAS

En la ciudad de Almería a veintitrés de enero de dos mil cuatro.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial havisto en grado de apelación, Rollo nº 375/03 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería seguidos con el nº 623/03 sobre reclamación de cantidad. De una como actor D.

Carlos Alberto

representado por la Procuradora Sra. Sánchez Reche y dirigido por la Letrada Sra. López Martínez, y de otra como demandada Dª Maite

, representada por la Procuradora Sra. López Campra y dirigida por la Letrada Sra. Bautista Pardo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 28 de julio de 2003 cuyo fallo dispone: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Sánchez Reche en nombre y representación de D.

Carlos Alberto

frente a Doña Maite

, representada por la Procuradora Sra. López Campra, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la demandante la suma de dos mil setecientos ochenta y ocho euros con setenta centimos (2.788,70 euros), con expresa condena en costas a la parte demandante."

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representaciónprocesal de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, solicitando en el escrito de recurso, la revocación de la mencionada resolución .

CUARTO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, se formó el rollo de Sala, se turnó de ponencia y se trajeron para votación y fallo el día 14 de enero de 2004, quedando los autos vistos y conclusos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Es ponente el Iltmo. Sr.- Magistrado D. BENITO GALVEZ ACOSTA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los que, con tal carácter, refiere la sentencia recurrida y, en su razón, que la presente litis trae causa en demanda interpuesta por D.

Carlos Alberto

frente a Doña Maite

, en reclamación de cantidad dimanante del encargo de mediación, habido entre partes el día 20-11-01, respecto de la venta de una vivienda propiedad de la demandada; pretensión que ha sido estimada en sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº2 de Almería, frente a cuyo pronunciamiento se alza la demandada en postulado revocatorio de aquel y obtención de otro favorable a su tesis absolutoria.

Establece la resolución recurrida que, ciertamente, entre partes y con fecha 20-11-01 se suscribió contrato de venta en exclusiva, respecto de determinada vivienda de la demandada; contrayendo esta la obligación de abonar los honorarios pactados, aun en el caso de que, ultimada una operación de venta, durante su plazo o prórroga desistiera del compromiso. Igualmente anota que la vigencia del contrato ha sido reconocido por la demandada hasta el día 1 de abril de 2003, así como que con fecha20-3-03 la actora defirió a la demandada propuesta de venta concreta, acordando que antes del 28 de marzo de 2003 se firmaría el contrato definitivo de venta, con la persona contactada por la agencia; concluyendo, finalmente, en la constatación de maniobras diversivas por la demandada que evitaron la consumación del proyecto de la referida venta...

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