SAP Castellón 360/2004, 21 de Diciembre de 2004
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES GIL MARQUES |
ECLI | ES:APCS:2004:1045 |
Número de Recurso | 211/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 360/2004 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª |
SENTENCIA NÚM. 360 de 2004
Ilmos. Sres.:
Presidente:
Don JOSÉ MANUEL MARCO COS
Magistradas:
Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ
Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS
En la Ciudad de Castellón, a veintiuno de diciembre de dos mil cuatro.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día veinticuatro de marzo dos mil cuatro por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Castellón, en los autos de Juicio Verbal seguidos en dicho Juzgado con el número 1.391 de 2003 .
Han sido partes en el recurso, como apelante, Doña Esther , representada por el Procurador D. Ramón Soria Torres y defendida por el Letrado D. Emilio Gomis Navarro, y como apelado, Don Salvador , representado por el Procurador D. Juan Borrell Espinosa y defendido por el Letrado D. José Luis Peteiro Periz.
Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES GIL MARQUÉS.
El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por el procurador Sr. Soria, en representación de doña Esther , contra don Salvador , declarando no haber lugar a los pedimentos de la demanda y con imposición a la demandante del pago de las costas procesales causadas por este juicio".
Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de Doña Esther se interpuso recurso de apelación, en tiempo y forma, en escrito razonado, solicitando se dicte Sentencia de conformidad con lo suplicado en la demanda inicial.
Se dio traslado a la parte contraria, Don Salvador , que presentó escrito oponiéndose al recurso, solicitando se dicte sentencia confirmando la de instancia con imposición en costas a la apelante.
Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, teniendo entrada en el Registro general en fecha 8 de septiembre de 2004 y correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera en virtud del reparto de asuntos.
Por Providencia de fecha 14 de septiembre de 2004 se formó el presente Rollo, se designó Magistrada Ponente y se tuvieron por personadas las partes y por Providencia de fecha 14 de octubre de 2004 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 13 de diciembre de 2004, llevándose a efecto lo acordado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.
SE ACEPTAN INTEGRAMENTE y se dan por reproducidos los expuestos en la Sentencia apelada, resolviéndose el recurso conforme a los siguientes:
La Sentencia dictada en primera instancia desestimó la demanda formulada por doña Esther , en la que solicitaba la resolución de la relación arrendaticia derivada del contrato de arrendamiento celebrado con el demandado, don Salvador , en fecha 1 de agosto de 1986, por extinción del plazo de duración pactado de dos años.
El Juez "a quo" tiene en cuenta que el contrato se celebró bajo la vigencia del articulo 9.1 del Real decreto-Ley 2/1985 de 30 de abril, sobre Medidas de Política Económica y aplica la doctrina jurisprudencial recogida en Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 15 de octubre de 1996 y 2 de octubre de 1998 , y las anteriores en ellas citadas, conforme a la que será de aplicación la tácita reconducción del articulo 1.566 del Código Civil a no ser que los contratantes hubiesen convenido explicita o implícitamente el sometimiento al régimen de prorroga forzosa, haciendo uso de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba