STSJ Comunidad de Madrid 244/2007, 9 de Abril de 2007

PonenteRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
ECLIES:TSJM:2007:5086
Número de Recurso576/2001
Número de Resolución244/2007
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00244/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 576/2001

Ponente: Don Rafael Estévez Pendás

Recurrente: Austral Ingeniería, S.A.

Procurador: Sra. Ariza Colmenarejo

Demandado: Ministerio de Medio Ambiente

Letrado: Sr. Abogado del Estado

SENTENCIA nº 244

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpirarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 9 de abril del año 2007, visto por la Sala el Recurso

arriba referido, interpuesto por la mercantil " Austral Ingeniería, S.A. ", representada por la Procuradora Doña Ana Ariza Colmenarejo, contra la Administración General del Estado, defendida por el Abogado del Estado, en la representación que por Ley le corresponde. La cuantía de este Recurso es de 396.253,56 euros. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de Hecho
Primero

Se interpuso este Recurso el día 11 de mayo del año 2001, formalizándose demanda por la mercantil recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia que, estimando el Recurso, anule la Resolución recurrida, declarando su derecho al cobro de la cantidad de 555.181,45 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición del Recurso hasta la fecha del pago efectivo, con imposición de las costas a la Administración demandada.

Segundo

El Abogado del Estado contestó a la demanda oponiéndose a las pretensiones de la demandante, y concluyó interesando una Sentencia íntegramente desestimatoria del Recurso.

Tercero

Despachado por las partes el trámite de conclusiones, por escrito de la mercantil recurrente de fecha 19 de septiembre del 2005 se manifestaba que se había recibido de la Administración la notificación de la aprobación del Modificado número 1 y la valoración final de la obra, con un saldo de liquidación a favor de la citada mercantil por importe de 328.073,81 euros.

Cuarto

Por nuevo escrito de la mercantil demandante de fecha 23 de enero del año 2006, se hacía saber a la Sala que el Ministerio de Medio Ambiente había procedido al pago a " BNP España " de la cantidad de 327.019,74 euros, con fundamento en la pignoración que ésta última tenía de los derechos de crédito de " Austral Ingeniería, S.A. " contra el Ministerio demandado, en concreto los correspondientes al Adicional de Proyecto Modificado por importe de 155.057,70 euros y los correspondientes al Adicional revisión de precios por importe de 171...962,04 euros, pagos los anteriores que a juicio de la recurrente suponían un claro allanamiento de la Administración demandada, suplicando la continuación del procedimiento.

Quinto

Por Providencia de esta Sala y Sección de fecha 8 de febrero del año 2006 se acordó requerir al Ministerio de Medio Ambiente la remisión del expediente administrativo relativo a la Resolución de la Dirección General del Agua de fecha 29 de julio del año 2005 relativa a los pagos referidos en el anterior Antecedente de Hecho, disponiendo igualmente dar traslado a las partes para que formulasen con precisión sus pretensiones en relación a la nueva situación originada por la Resolución y pagos mencionados.

Sexto

La mercantil recurrente realizó alegaciones por medio de escrito de fecha 17 de julio del año 2006, en el que terminaba suplicando que se dictara una Sentencia que estimase sus pretensiones de conformidad con el suplico de su escrito de demanda inicial, con la ampliación del mismo ( sic ) a la devolución de las garantías definitivas prestadas en su momento, tras lo cual quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 22 de enero del año 2007.

Fundamentos de Derecho
Primero

Se impugna en el presente Recurso contencioso-administrativo la desestimación por silencio administrativo, de la solicitud de fecha 15 de enero del año 2001, realizada por la mercantil " Austral Ingeniería, S.A. " a la Dirección General de Obras Hidráulicas del Ministerio de Medio Ambiente, relativa a diversos conceptos derivados de la obra adjudicada a dicha mercantil denominada " Obras del Proyecto 03/91 de Nuevo Encauzamiento del Arroyo Mezquita ( Melilla ) " ( Clave: 15.493.019/2111 ).

Segundo

La solicitud de fecha 15 de enero del año 2001 reseñada en el Fundamento de Derecho anterior, dice literalmente lo que sigue:

" I.- Que por Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas, de fecha 19 de octubre de 1992, se adjudicó a mi representada las " Obras del Proyecto 03/91 de Nuevo Encauzamiento del Arroyo Mezquita ( Melilla ) " ( Clave: 15.493.0192/2111 ).

  1. Que el Contrato se firmó el 16 de noviembre de 1992, con un plazo de ejecución de 24 meses, firmándose el Acta de Replanteo el 27 de noviembre del mismo año. Para la firma del Contrato se constituyó un Aval por 27.488.088 ptas.

  2. Que el 25 de octubre de 1994 se firmó el Acta de Suspensión Temporal de las Obras, al no haberse aprobado la Modificación nº 1 del Proyecto de referencia, con un Presupuesto Adicional de 25.799.431 ptas.

  3. Que en esa fecha las obras estaban ejecutadas en su totalidad, incluidas las recogidas en el Proyecto Modificado nº 1, por razones de urgencia apreciadas por el Facultativo Director de las Obras, existiendo un Presupuesto vigente pendiente de facturar por valor de 5.488.070 ptas.

  4. Que el 22 de marzo de 1995 se prestó por mi representada conformidad a la valoración de los daños derivados de las inundaciones, valoración efectuada por el Director de las Obras, y cuyo monto ascendía a 2.579.625 ptas.

  5. Que el 15 de septiembre de 1995 se formuló por el Director de las Obras el Presupuesto Adicional de Revisión de Precios, por un monto de 21.968.723 ptas., que fue remitido a mi representada el 13 de noviembre del mismo año.

  6. Que a la fecha no le consta a mi representada que se haya resuelto ninguno de los expedientes referenciados.

De acuerdo con todo lo expuesto, es por lo que a Vd., SOLICITA:

  1. La recepción única y definitiva de la obra y la devolución del aval.

  2. El abono a mi representada de todas las cantidades debidas a que se ha hecho mención, teniendo por formulada expresa reserva respecto a la reclamación de intereses de demora reglamentariamente procedentes. "

Ante la falta de respuesta de la Administración a la solicitud anterior, " Austral Ingeniería, S.A. " interpuso este Recurso contencioso-administrativo en el que impugna la desestimación por silencio administrativo referida.

Tercero

Por razones sistemáticas y de buen orden procesal vamos a agrupar las diversas pretensiones de la demandante en apartados distintos, comprendiendo el primero el importe de el Modificado número 1 del proyecto inicial, que asciende a 155.057,70 euros ( 25.799.431 pts ), y el importe de la revisión de precios del proyecto inicial, que en la demanda la recurrente cifra en la cantidad de 171.962,04 euros ( 28.612.076 pts ), pero que en su solicitud de 15 de enero del año 2001 cuya desestimación se impugna en este Recurso, cifraba en 21.968.723 pts ( 132.034,68 euros ).

En relación a las cantidades anteriores hay que decir que por Resolución de la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente de fecha 28 de julio del año 2005 ( folios 60 al 63 de la ampliación del expediente administrativo ), se dispuso en primer lugar aprobar definitivamente la Modificación número 1 y valoración final de las obras del Proyecto de nuevo encauzamiento del Arroyo Mezquita T.M. de Melilla, por un importe de 2.354.804,85 euros de los que 2.214.772,70 euros corresponden a la totalidad de la obra ejecutada y 140.032,15 euros a revisión de precios, produciéndose un adicional total de 295.089,85 euros de los que 155.057,70 euros corresponden al incremento de obra ejecutada y 140.032,15 euros al aumento por revisión de precios, y un saldo total de liquidación a favor de la contrata de 328.073,81 euros, en segundo término se acordó aprobar el gasto por importe de 295.089,85 euros correspondiente al adicional total resultante, con cargo al concepto 23.05.452A.619, y finalmente se dispuso que procedía, efectuar, previamente al abono del saldo resultante, la recepción de las obras ejecutadas y la liquidación del contrato.

La Resolución anterior le fue notificada a la mercantil recurrente, que lo puso en conocimiento de la Sala, si bien " BNP Paribas España, S.A. " por escrito a la Dirección General del Agua con entrada el 19 de noviembre del año 2004, manifestaba haber tenido conocimiento de que en breve se iban a expedir las certificaciones de obra pendientes del proyecto 02/91 Nuevo encauzamiento Arroyo Mezquita, en Melilla, por los conceptos Adicional del proyecto modificado y Adicional revisión de precios, por la suma de 320.076,34 euros, y que siendo " BNP Paribas España, S.A. " titular de dichas certificaciones por cesión que efectuó " Austral Ingeniería, S.A. " por el importe de 327.019,74 euros recogido en la certificación expedida con fecha 6 de noviembre de 1995 por el Director de las obras Don Jesús María, remitía escrito a la citada Dirección General para aceptar su propuesta de expedir certificación por la cantidad anteriormente citada de 320.076,34 euros, dando por resuelto el cobro del principal, en el momento en que se abone, de las cantidades adeudadas derivadas de la obra reseñada.

Con fecha 30 de diciembre del año 2005 el Ministerio de Medio Ambiente abonó a " BNP Paribas España, S.A. " la cantidad de 327.019,74 euros que le fue cedida por " Austral Ingeniería, S.A. ".

La cesión anterior trae causa de un contrato de prenda de derechos de crédito formalizado con fecha 13 de diciembre de 1995 entre " BNP España, S.A. " y " Austral Ingeniería, S.A. ", en virtud...

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