Decreto 27/2012, de 15 de marzo, de primera modificación del Decreto 6/2011, de 23 de febrero, por el que se crean la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, y se regulan su organización y funcionamiento. [Cód. 2012-05563]

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto

El Decreto 6/2011, de 23 de febrero, por el que se crean la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, y se regulan su organización y funcionamiento, tiene por objeto la creación del sistema de acreditación de formación continuada de las profesiones sanitarias en el ámbito autonómico, y su adecuación a los diferentes cambios producidos en el marco normativo con posterioridad a la publicación del Decreto 7/1999, de 18 de febrero, así como a los cambios que la sociedad demanda, como consecuencia de la nueva economía, la innovación tecnológica, la nueva demografía poblacional y el empoderamiento ciudadano, que determinan continuas necesidades de formación de los profesionales sanitarios.

En este sentido, los cambios producidos por el Decreto 12/2011, de 16 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, incide en la normativa de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, al corresponder a la Consejería de Sanidad la planificación y gestión de la formación continuada y el desarrollo profesional, así como el establecimiento de los criterios de acreditación de la formación continuada.

Con la finalidad de adaptar la normativa de ambas comisiones a la nueva estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, se hace necesario modificar el Decreto 6/2011.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de marzo de 2012,

Dispongo

Artículo único Modificación del Decreto 6/2011, de 23 de febrero, por el que se crean la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, y se regulan su organización y funcionamiento.

El Decreto 6/2011, de 23 de febrero, por el que se crean la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y la Comisión de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Principado de Asturias, y se regulan su organización y funcionamiento, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

Artículo 3.—Composición de la Comisión de Formación Continuada.

1. La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad.

b) Vicepresidencia: La persona titular de la Dirección General competente en materia de formación sanitaria.

c) Vocales:

— Un representante del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), designado por la Dirección Gerencia del SESPA.

— Tres representantes de la Consejería con competencia en materia de sanidad.

— Un representante del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”.

— Dos representantes de la Universidad de Oviedo.

— Un representante por cada uno de los Colegios Oficiales Autonómicos de cada profesión sanitaria.

— Tres representantes de las sociedades científicas inscritas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.

d) Secretaría: Un empleado público adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad, que tendrá voz pero no voto.

2. La...

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