SAP Valencia 299/2008, 20 de Mayo de 2008

PonenteENRIQUE EMILIO VIVES REUS
ECLIES:APV:2008:2304
Número de Recurso53/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución299/2008
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª

299/2008

SENTENCIA Nº 299

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Iltmos. Sres:

Presidente

D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS

Magistradas

Dª.CARMEN BRINES TARRASÓ

Dª. AMPARO IVARS MARÍN

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En VALENCIA, a veinte de mayo de dos mil ocho

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ENRIQUE EMILIO VIVES REUS, los autos de juicio de Verbal promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia de Moncada nº3 con el número de autos 53/2007 por

SIVIMAR, S.L contra D. Jose Daniel ; sobre Acción declarativa y de condena, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por SIVIMAR S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia de Moncada nº3, en fecha 3 de Septiembre de 2007 contiene el siguiente "FALLO: Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Vilas Loredo, en nombre y representación de SIVIMAR S.L, contra Jose Daniel, con condena en costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por SIVIMAR S.L, admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, se tramitó la alzada, señalando el día 24 de Abril del año en curso para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la mercantil "Sivimar, S.L." se formuló, por los trámites del juicio verbal, demanda contra D. Jose Daniel, solicitando en el suplico: A) se declare que el aparato de aire acondicionado instalado por el demandado en la terraza de su vivienda no respeta los niveles de recepción externos previstos legalmente; B) se declare que el demandado no puede instalar en dicha terraza por su integración en zona residencial, en concreto, en el edificio sito en Port Saplaya, Avda. Huerta nº 1-1ª, ningún aparato de aire acondicionado que incumpla la normativa aplicable en cada momento sobre emisión de niveles sonoros y C) se condene al demandado a retirar el referido aparato del aire acondicionado. Fundamenta su pretensión la demandante en los siguientes hechos, expuestos en síntesis: La mercantil actora es propietaria de la vivienda sita en la urbanización Port Saplaya de la localidad de Alboraya, Plaza del Mercat nº 3-2º. Dicha mercantil es una sociedad patrimonial que forman los consortes D. Isidro y Dª Marí Jose y su hijo D. Carlos Alberto. Dicho apartamento es utilizado por la citada familia en los meses de verano como segunda residencia. El demandado es propietario de un apartamento sito en la misma urbanización, en concreto, en el edificio denominado "El Faro", Avda. De la Huerta nº 1, puerta 1ª. Ambos inmuebles, el de la actora y el del demandado, a pesar de pertenecer a edificios distintos, son ambos colindantes, lindando por todo el lateral, en especial, las terrazas de ambos, que únicamente les separa una pequeña pared divisoria. El demandado ha procedido a instalar recientemente un aparato de aire acondicionado de grandes dimensiones, en concreto, modelo 38VYX110N de la marca Carrier, en la terraza de su apartamento, a un metro escaso de la terraza del apartamento de la actora. El referido aparato de aire acondicionado tiene un nivel sonoro...

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