SAP Madrid 305/2005, 31 de Mayo de 2005

PonenteJUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZ
ECLIES:APM:2005:6424
Número de Recurso35/2004
Número de Resolución305/2005
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

D. JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZD. JULIO CARLOS FRANCISCO DE PAUL SALAZAR BENITEZD. RAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00305/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 35 /2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

JULIO CARLOS SALAZAR BENITEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a treinta y uno de mayo de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de MENOR CUANTIA 144/2000, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 4 de FUENLABRADA, a los que ha correspondido el Rollo 35/2004, en los que aparece como parte apelante TELLOGAR S.L., representado por el procurador D. CARLOS IBAÑEZ DE LA CARDINIERE FERNANDEZ, y como apelado ASEMAS MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA representado por el procurador D. JOSE PEDRO VILA RODRIGUEZ y PROMOCIONES ANFISA, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Fuenlabrada, en fecha 20 de mayo de 2.003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Díaz Alfonso, en nombre y representación de Promociones Afinsa y de Asemas Mutua de Seguros a Prima Fija contra Tellogar, S.L. representada por el Procurador Sr. Ibáñez de la Cadiniere debo condenar y condeno a la demandada a que abone a Promociones Anfisa la cantidad de 30.288.825 ptas. (182.039'5 euros) y a Asemas Mutua de Seguros a Prima Fija la cantidad de 22.211.175 de petas (133.491'85 euros), más los intereses correspondientes por tales anticipos, con expresa condena en costas a la parte demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

No se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en cuanto se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

Por las entidades Promociones Anfisa y Asemas-Mutua de Seguros a Prima Fija se formuló demanda frente a Tellohgar S.A. solicitando se le condene a abonar la cantidad de 30.288.825 pts. a la primera de las entidades citadas y la de 22.211.175 pts. a la segunda. Los hechos en los que fundamentan su pretensión son resumidamente los siguientes:

La entidad demandada fue la constructora de la Urbanización Residencial Montelomas IV 2ª fase. En la misma obra intervino como Promotora la demandante Anfisa y la misma se realizó ello bajo la Dirección Técnica de Arquitectos y Aparejadores asegurados en la otra entidad actora, Asemas- Mutua de seguros a Prima Fija. Por tres propietarios de viviendas de la citada Urbanización, a título individual, se interpusieron demandas en reclamación de responsabilidad decenal frente a todos los intervinientes en la obra, reclamaciones que fueron acumuladas habiéndose tramitado bajo el procedimiento número 113/93 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Majadahonda, en los que se dicto sentencia en la que se condena solidariamente a todos ellos a reparar los defectos constructivos detectados.

Estando pendiente el procedimiento anteriormente reseñado de resolución del recurso de Apelación contra ella interpuesto, por la Comunidad de Propietarios de la indicada Urbanización Montelomas IV 2ª fase, se interpuso demanda frente a todos los mismos intervinientes en la construcción, incoándose nuevo procedimiento seguido...

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