STSJ Andalucía , 30 de Enero de 1998
Ponente | RAUL HERNANDEZ PARDO |
Número de Recurso | 1002/1992 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 1998 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº DE 1.998
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANDRÉS MÁRQUEZ ARANDA
MAGISTRADOS
D. EMILIO RAMÓN VILLALAÍN RUIZ
D. RAÚL HERNÁNDEZ PARDO
_________________________________________
En la Ciudad de Málaga a treinta de enero de mil novecientos noventa y ocho.-Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1.002 del año 1.992, interpuesto por ALMURADIEL, S.A., representado por el Procurador DON MANUEL MANOSALBAS GÓMEZ, y asistido por el Letrado DON ANTONIO TASTET DÍAZ, contra AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA, representado por el Procurador DON CARLOS GARCÍA LAHESA, y asistido de Letrado.
Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON RAÚL HERNÁNDEZ PARDO , quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Procurador Sr. Manosalbas Gómez, en representación de ALMURADIEL, S.A., se interpuso recurso contencioso administrativo contra Resolución del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, registrándose el recurso con el número 1.002 del año 1.992, y de cuantía 13.024.096 pesetas.
Admitido a trámite, anunciada su incoación y recibido el expediente administrativo se dio traslado a la parte actora para deducir demanda, lo que efectuó en tiempo y forma mediante escrito, que en lo sustancial se da aquí por reproducido, y en el que se suplicaba se dictase sentencia "por la que se anulen totalmente los actos impugnados, por lo argumentado"; interesando el recibimiento del pleito a prueba.
Dado traslado al demandado para contestar la demanda, lo efectuó mediante escrito, que en lo sustancial se da por reproducido en el que suplicaba se dictase sentencia "por la que se declare la desestimación del recurso interpuesto, confirmando los actos administrativos recurridos y todo ello con expresa imposición de las costas al actor recurrente"; interesando el recibimiento del pleito a prueba.
Recibido el juicio a prueba fueron propuestas y practicadas las que constan en sus respectivas piezas, y no siendo necesaria la celebración del vista pública, pasaron los autos a conclusiones, que evacuaron las partes en tiempo y forma mediante escritos que obran unidos a autos, señalándose seguidamente día para votación y fallo.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las exigencias legales.
El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación de la Resolución del Concejal Delegado de Hacienda y Personal, de fecha 24 de abril de 1.992 que se resolvía: el recurso de reposición interpuesto por la recurrente contra las liquidaciones correspondientes al Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras y por el concepto de Tasa por licencia de obras.
La resolución recurrida resolvía dicho recurso acordando:
"-Anular la liquidación de la tasa por licencia urbanística, expediente 226/85, por importe de 9.302.926 ptas., correspondiente a las obras que faltan por ejecutar del proyecto de construcción de 186 viviendas en la Urb. Serramar de la Cala del Moral, por haber caducado la licencia urbanística otorgada.
-Asimismo se confirma la liquidación por el Imptº. sobre construcciones, instalaciones y obras, expte. 226/85, por importe de 13.024.096 ptas., correspondiente a las obras que faltan por ejecutar del proyecto de construcción de 186 viviendas en la Urb. Serramar de la Cala del Moral, por ser ajustada a derecho".
Debe enmarcarse el objeto del presente recurso en la procedencia o no de la liquidación por el concepto Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, es decir, si a la fecha en que se gira la liquidación impugnada se había producido el hecho imponible...
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STS, 24 de Marzo de 2003
...con sede en Málaga, de fecha 30 de Enero de 1998, dictada en el recurso contencioso-administrativo seguido en la misma bajo el núm. 1002/1992, en materia de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en cuya casación aparece, como parte recurrida, el Ayuntamiento de Rincón de la ......