RESOLUCION 474/2001, de 11 de abril, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba el texto de la convocatoria para constituir, mediante concurso, listados de aspirantes para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los centros y establecimientos sanitarios...

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

RESOLUCION 474/2001, de 11 de abril, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba el texto de la convocatoria para constituir, mediante concurso, listados de aspirantes para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los centros y establecimientos sanitarios dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en relación con los estamentos y/o especialidades siguientes: A.T.S./D.U.E., Cocinero, Matrona, Técnico Especialista en Anatomía Patológica, Técnico Especialista en Dietética, Técnico Especialista en Documentación Sanitaria, Técnico Especialista en Laboratorio, Técnico Especialista en Radiodiagnóstico y Trabajador Social.

Por Resolución 474/2001, de 11 de abril de, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprueba el texto de la convocatoria para constituir, mediante concurso, listados de aspirantes para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los centros y establecimientos sanitarios dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en relación con los estamentos y/o especialidades siguientes: A.T.S./D.U.E., Cocinero, Matrona, Técnico Especialista en Anatomía Patológica, Técnico Especialista en Dietética, Técnico Especialista en Documentación Sanitaria, Técnico Especialista en Laboratorio, Técnico Especialista en Radiodiagnóstico y Trabajador Social, con arreglo a las siguientes:

B A S E S

  1. -Normas Generales.

    1.1. Se anuncia la convocatoria para constituir, mediante concurso, listados de aspirantes para su posterior contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan en los centros y establecimientos sanitarios dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en relación con los estamentos y/o especialidades siguientes:

    f A.T.S./D.U.E.

    f Cocinero.

    f Matrona.

    f Técnico Especialista en Anatomía Patológica (TEAP).

    f Técnico Especialista en Dietética (TED).

    f Técnico Especialista en Documentación Sanitaria (TEDS).

    f Técnico Especialista en Laboratorio (TEL).

    f Técnico Especialista en Radiodiagnóstico (TER).

    f Trabajador Social.

    1.2. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, el Acuerdo de 9 de enero de 2001, por el que se aprueba el Pacto suscrito por la Administración Sanitaria con las centrales sindicales AFAPNA, CEMSATSE, CC.OO., ELA, LAB, SAE y UGT, sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y demás normativa complementaria.

    1.3. Los aspirantes que resulten seleccionados podrán ser contratados de forma temporal en régimen administrativo.

  2. -Requisitos.

    2.1. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Hallarse en posesión de la titulación correspondiente a cada estamento y/o especialidad o resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

      f A.T.S./D.U.E.: Título de D.U.E o equivalente.

      f Cocinero: Título de Formación Profesional de Segundo Grado, rama Hostelería y Turismo, especialidad Restauración o equivalente.

      f Matrona: Título de D.U.E. y el de la especialidad de "Enfermería Obstétrico-Ginecológica" o equivalente.

      f Técnico Especialista: Título de Técnico Superior, rama sanitaria y el de la especialidad correspondiente

      f TEAP: Anatomía Patológica y Citología o equivalente.

      f TED: Dietética o equivalente.

      f TEDS: Documentación Sanitaria o equivalente.

      f TEL: Laboratorio de Diagnóstico Clínico o equivalente.

      f TER: Imagen para el Diagnóstico o equivalente.

      f Trabajador Social: Título de Asistente Social, Trabajador Social o equivalente.

      Este requisito debe ser acreditado documentalmente junto a la solicitud.

    2. Tener la nacionalidad española, la de otro Estado miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los países citados anteriormente, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho y sean estos descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    3. Haber cumplido 18 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    4. No hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

    5. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de sus funciones.

    6. Cumplir los requisitos específicos relativos a la modalidad de contratación a utilizar.

    7. Acreditar conocimiento suficiente del vascuence tanto hablado como escrito, para el supuesto de que en la elección de Centro haya optado por el apartado "B" "Zonas Básicas de Salud de Navarra...

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