DECRETO 201/2005, de 16 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se crea un Instituto de Educación Secundaria en Valencia (Rascanya). [2005/S14035]
Sección | III - Convenios y Actos |
Emisor | Conselleria de Cultura, Educacion y Deporte |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 201/2005, de 16 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se crea un Instituto de Educación Secundaria en Valencia (Rascanya). [2005/S14035]
El Mapa Escolar de la Comunidad Valenciana contempla la creación de un Instituto en Valencia-Rascanya, para impartir las enseñanzas de Educación Secundaria. El centro atenderá la demanda de las enseñanzas indicadas en los distritos escolares Vl-7514 y Vl-7515.
Atendiendo estas previsiones, el Ayuntamiento de Valencia, por acuerdo adoptado en sesión plenaria del 28 de marzo de 2003, cedió a la Generalitat una parcela de 14.544 m²., en la confluencia de la calle Beata Genoveva Torres, avenida Hermanos Machado y prolongación de la calle Ismael Merlo, para la construcción del centro docente. La cesión fue aceptada por Resolución del conseller de Economía, Hacienda y Empleo de 5 de junio de 2003, todo ello en el marco de colaboración establecido en el apartado tercero de la disposición adicional decimoséptima de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y el Real Decreto 2.274/1993, de 22 de diciembre, de Cooperación de las Corporaciones Locales con el Ministerio de Educación y Ciencia, de aplicación supletoria en la Comunidad Valenciana. Para albergar el citado centro docente, la sociedad mercantil Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA. (CIEGSA), ha gestionado la construcción de un nuevo edificio escolar conforme a las exigencias establecidas en el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general, y en la Orden de 15 de mayo de 1992, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de proyectos de construcción de centros de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Secundaria Completa, de la Generalitat.
El artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que todos los centros tendrán una denominación específica. El artículo 3.2 del Decreto 234/1997, de 2 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de los Institutos de Educación Secundaria, establece que los institutos nuevos...
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