SAP Madrid 183/2006, 31 de Marzo de 2006
Ponente | EPIFANIO LEGIDO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2006:4602 |
Número de Recurso | 707/2005 |
Número de Resolución | 183/2006 |
Fecha de Resolución | 31 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
EPIFANIO LEGIDO LOPEZNICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZRAMON RUIZ JIMENEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00183/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7010637 /2005
ROLLO: RECURSO DE APELACION 707 /2005
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 528 /2003
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 53 de MADRID
Apelante/s: CIUDAD LINEAL 2000, S.A.
Procurador: MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA
Apelado/s: ZARAGOZA Y CARBONELL S.L., SOCIETE ROCCA IMPERIALE S.A._
Procurador: BEGOÑA DEL ARCO HERRERO
SENTENCIA Nº 183
Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
En MADRID a, treinta y uno de marzo de dos mil seis.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 528/2003, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 53 de Madrid y seguidos sobre impugnación de acuerdos sociales, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 707/2005, en el que han sido partes, como apelante-demandada, Ciudad Lineal 2000 SA, que estuvo representada por la Procuradora Sra. Campillo García; y de otra, como apelados-demandantes, al tiempo que impugnantes también de la sentencia dictada en la instancia, Zaragoza y Carbonell SL y Société Rocca Impériale SA, que vinieron al litigio representadas por la Procuradora Sra. del Arco Herrero, habiendo estado todas las partes defendidas por Letrado.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 30-06-2004 el Juzgado de 1ª Instancia nº 53 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda promovida por la Procuradora Dª Begoña del Arco Herrero en nombre y representación de Zaragoza y Carbonell SL y Société Rocca Impériale SA contra Ciudad Lineal 2000 SA representada por la Procuradora Dª María Isabel Campillo García, allanada, debo declarar y declaro:
La nulidad del Consejo de Administración de Ciudad Lineal 2000 SA celebrado el día 6 de marzo de 2003.
La nulidad de todos y cada uno de los acuerdos adoptados en el referido Consejo revocándolos y dejándolos sin valor ni efecto.
La nulidad de todos los acuerdos sociales que posteriormente se hayan tomado o puedan ser tomados por la sociedad demandada que traigan causa de los acuerdos objeto de impugnación o sean posteriores a éstos.
La cancelación registral de los asientos practicados en su caso, en virtud de cualquier acuerdo referido en los números anteriores.
Por imperativo legal las costas procesales causadas se imponen a la parte demandada".
Por auto de 28 de marzo de 2005 se denegó la aclaración solicitada por Ciudad Lineal 2000 SA de la forma siguiente: "Acuerda no haber lugar a la aclaración instada por la Procuradora Dª Isabel Campillo García en nombre y representación de Ciudad Lineal 2000 SA manteniendo el contenido de la sentencia dictada en los presentes autos".
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Ciudad Lineal 2000 SA que formalizó adecuadamente (168 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte que se adhirió al repetido recurso e impugnó también la sentencia de 20-06-2004 para que se accediese a lo peticionado por el propio recurrente, citando, en ambos casos, el art. 122 LSA.
En esta alzada, para cuya...
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