DECRETO 55/1986, de 8 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados por la expropiación como consecuencia de la instalación de una línea eléctrica a 44 KV., doble circuito de alimentación al Hospital Comarcal en Medina del Campo (Valladolid).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Energia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 16-05-1986 Nº Boletín: 52 / 1986

DECRETO 55/1986, de 8 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados por la expropiación como consecuencia de la instalación de una línea eléctrica a 44 KV., doble circuito de alimentación al Hospital Comarcal en Medina del Campo (Valladolid).

Con objeto de satisfacer las necesidades de suministro de energía eléctrica al Hospital Comarcal en Medina del Campo (Valladolid), mediante la instalación de una linea eléctrica a 44 KV., doble circuito de alimentación, se hace necesario acudir a la expropiación de los terrenos que resulten afectados.

Habiendo sido declarada previamente la utilidad pública en concreto de la instalación eléctrica que se cita, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas.

Por parte de la entidad Iberduero, S.A., peticionaria de la instalación que se cita, una vez declarada la utilidad pública en concreto conforme al Reglamento anteriormente citado, se solicita la pertinente declaración de urgencia para la ocupación de los bienes y derechos necesarios en orden al establecimiento de la citada instalación eléctrica, al amparo de lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, que rige en esta materia, efectuándose el trámite reglamentario de información pública y notificación individualizada al interesado que figuraba en la relación de propietarios afectados, presentando reclamación que versa sobre cuestiones de valoración de los terrenos y sobre otras cuestiones que fueron desestimadas, por no pertinentes, y por ser objeto de pronunciamiento en fase posterior.

La justificación de la urgencia de la ocupación queda fundamentada, según consta en el expediente, en la necesidad de dotar de un adecuado suministro de energía eléctrica al Hospital Comarcal de Medina del Campo (Valladolid), con la celeridad que el servicio requiere, lo que obliga a acudir al procedimiento de urgencia en la ocupación de los terrenos necesarios para la instalación que se insta, de...

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