Orden de 20 de noviembre de 1991 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso contencioso-administrativo número 1.286/1989, promovido por don Jaime Cruañes Salvador.

MarginalBOE-A-1991-29038
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio Para Las Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden
BOE
núm. 287 Sábado 30 noviembre
1991
39025
29037
29039
ORDEN
de
20 de nOl'iembre de 199Jpor la
que
Sí'
dispone
la
publicadon. para general conocimiento ycumplimiento,
,del
fallo
de
fa
sentenCia djerada por la Sala de lo Conteno
cioso-Ad11linislratiro de! Tribunal Superior de Juslicia del
Paú
Vasco, en d
rcL'urso
contel1closo-ad/llilllstratiro
1.30//1987, prolllol'ido por
dOlia
Cona'pe¡ón Lópe: :Vidós.
limos. Sres.:
la
Sala de
lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia del Pafs Vasco ha dictado sentencia. con fecha
15
de julio de
1991,
en el recurso contencioso-administrativo nlimero
1.301/1987, en
el
Que
son partes, de una, como demandante. dona
Concepción Lópcz
Nidós.
y
de
otra.
como
demandada.
la Administra-
ción General del Estado, representada y
defendida
por
el Letrado del
Estado. '.
El
citado recurso se
promovió
contra
la Resolución del Ministerio
para las Administraciones Públicas
de
fecha
29
de
julio
de
1987.
que
desestimaba el recurso
dc
alzada
interpuesto
contra
otras.
de
la Mutuali-
dad
Nacional
de
Previsión
de
la Administración Local, de fechas
31
de
cnem.y
7
de
octubre
de
1986. sobre
cómputo
de
servicios para
el
cálculo
de
la pensión
de
jubilación..
la
parte dispositiva
de
la ex.presada sentencia conliene el siguiente
pronunciamiento:
«Fallo: Eslimando' parcialmente el recurso interpuesto
por
don
José
Maria Bartáu Morales,
en
nombre
yrepresentación de
doña
Concepción
Lópcz Nielós,
contra
la resolución del Ministerio para las
Administra-
ciones Públicas
de
29
de
julio
de
1987, resolutoria del recurso
de
alzada
ejcrcitado
contra
las resoluciones ala Dirección Tecnica
de
la
MUN-
PAL.
de
fecha
31
de
enero
de 1986 y 7
de
octubre
de
1986,
en
las
que
se denegaba el derecho ala prestación
de
jubilación forzosa
de
la
recurrente,
debemos
declarar ydeclaramos la
disconformidad
aderecho
de
dicha
resolución
y,
por
tanto, la
debemos
anular
yla anulamos, al
ticmpo
que
decl;¡ramos el derecho
de
la recurrente a
que
por
la
MUNPAL
le sea reconocida la
correspondicnte·prestaó6n
de
jubilación,
en
razón
dc
los
años
dc
servicio
acreditados
en el
Ayuntamiento
de
Bilbao, ·desdc'
el
mcs siguiente ala fecha
de
jubilación. Debemos
desestimar y
desestimamos
el resto
de
las pretensiones
de
la
actora~sin
especial dcclaración sobrc las costas.»
En su virtud, este Mini'sterio para las Administraciones Públicas,
de
conformidad
con lo establecido en los artículos 118 de
la
Constitución,
17.1
de
la Ley Orgánica 6/1985, de I
de
julio, del Poder Judicial y
demás
preccptos concorda!1tes
de
la vigente
ley
de
la Jurisdicción
Conten-
cioso·Administrativa,
ha
dispuesto la publicación
de
dicho
fallo en el
«Boletín Oficial del Estado»,
para
general
conocimiento
y
cumplimiento
en sus propios
terminos
de
la
mencionada
sentencia.
Lo
que
digo aVV. II.
Madrid,
20
de
noviembre
de
1991.-EI
Ministro
para las Administra-
ciones Públicas,
P,
D.
(Orden de
25
de
mayo
de
1987, «BolC'tín Oficial
del Estado» del 30), el Subsecretario,
Juan
Ignacio
Moltó
Garcia.
limos. Sres. Subsecretario yDirector tecnico
de
la
Mutualidad
Nacional
dc
Previsión
de
la AdministrJción Local,
En su virtud. este Ministerio para las Administraciones Públicas. de
conformidad
con lo establt.'cido
en
los articulas 118
de
la
Constitución;
17,2
de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de
julio, del Poder
Jtl:di~ial
...
y
demás
preceptos concordantes
de
la vigente Ley de la
Junsdlccl0n
Contencioso-AdminIstrativa. ha dispuesto la publicación
de
dicho tallo
en
el «Boletin Oficial del EstadQ),
para
general
conocimiento
y
cumplimiento
en sus propios
términos
de
la
mencionada
sentencia.
Lo que digo aVV. Il. . . . .
Madrid.
20
de
noviembre
de t991.-El MInistro para las
Admmlstra-
ciones Públicas.
P.
D.
(Orden
de
25
de
mayo
de
1987, «BoteHn Oficial
del Estado» del 30), el Subsecretario,
Juan
Ignacio
Moltó
Garcia.
limos. Sres. Subsecretario vDlrt.'Ctor técnico
de
la
MutualidJd
Nacional
de
Previsión
de
la Adn1inistración. Local,
ORDEN
de
JO
de JlOl'iembre de 1991
por
la
que se dispolle
la publicación para general conocimiento v
cumplimiento
dd
(allo
de
la selltencia dlclada por la
Sala
de lo Con!ell-
cioso-Administrativo
dt?
la extillla Audiencia Territorial de
Madrid, en
el
recurso contencioso-adminlstratil'o
míllU'.l"D
990/.1987. promoridt! por el Consejo (}eneral de ColegIOS
Projesionales
de
DelmcaJltes
de
Espana.
limos. Sres.: La Sala
de
lo Contencioso-Administrativo
de
la
extinta
Audiencia Territorial de
Madrid
ha
dictado
sentencia,
con
fecha 22
de
diciembre
de
1988.
en
el recurso colltencioso-administrativo
número
990/1987. en el
que
son partes,
de
una,
como
demandante,
el Consejo
General
--de
Colegios Profesionales
de
Dclineantes
de
España, yde otra,
como
demandada,
la
Administración
General
del Estado,
representada
ydefendida
por
el Letrado del
~~tado.
, . .
..
.
El
citado recurso
se
promovlO
contra
la ResoluclO,n del
Mmlstcnp
para las Administraciones Públicas
de
fecha 4
de
nOVIembre
de
198),
que
desestimaba el recurso
de
reposición
if.lt~rpue~t_o
eo~tr~
la
Re~olu·
ción
de
la Secretaría de Estado para la Admlnlstraclon
~ubhca,
de
techa
7
de
mayo
de-
1985, sobre convocatoria
de
pruebas
selectivas.
Ln
parte
dispositiva
de
la
expresada sentencia contiene
el
siguiente
pronunciamiento:
«Fallamos: Que.
desestimando
el
recurso interpuesto
por
la-
L:trada
doñ
Adela Sánchez Santiago, en
nombre
yrepresentación
de
la
COtnisión
Ejl..'Cutiva
del Consejo General
de
los Colegios Profesionales
de
DclinC'antes
de
España.
en
impugnación
de
la Resolució.n ,de
4.?c
noviembre
de
1985, de
la
Secretaria de
Estado
para la AdmlmstraclOn
Públiea.
que
desestimó el recurso formulado
contra
la resolución
de
dicho
Organismo
de
7de
mayo
de
1985,
por.la
que
se
conv~caron
pruebas selectIvas unitarias
para
el ingreso
en
los Cuerpos
de
Ddmean-
tes
de
varios Departamentos,
debemos
declarar ydeclaramos
que
los
actos
impugnados
.son ajustados al
ordenamiento
juridieo. sin
que
proceda su rcvocaClOn nl moditicación;
todo
ello sin hacer
condena
en
costas.)-)
limos. Sres,:
La
Sala de lo Contencioso·AdmiOlstrativo del Tribunal
Supcrlur de Justicia de la
Comunidad
Vakncial1a hJ
dictJdo
sentencia.
con fct:ha It
de
julio
de
1991. en el recurso contencioso-administrativo
número
L286jl'i89,
en
el
que
son partes.
de
unJ,
como
demandante.
Jon
hime
eruanes
Salvador, y
de
otra.
como
demandada.
la Adminis-
tracién General del Estado, n:presentada )defendida
pon:l
Letrado
dd
Estado.
El
citado
recurso se
promovió
contra
la
Resolución del Ministerio
para las .--\dministraciones Públicas
de
lecha 9de
junio
de 1991,
que
desestimaba el recurso
de
alzada interpuesto
contra
la Resolución
de
la
~1111ualidad
NJcional
de Previsión de IJ Administración Local
de
fechJ
.2
de
marzo
de
1989, sobre modificación del haber regulJ:dor de la
pensión de jubilación.
La
parte dispositiva
de
la
cxpres<:da class="lsa6 ws18f">scntc-nna contiene el siguiente
pronunciamiento:
«Fallamos: Se
desestimJ
el rccon1enClOSQ-admlnistrmivo ¡mer-
puesto por
don
Jaime
Cruan:::s
Salvador
Cüntra la Resolu('Íón de 9
de
junio
de
1989. del [\Iinistcrio para las
Adml!lisll~cjont:'s
Publicas,
que
desestimó el recurso de alzadinterpuesto
contra
la ResolUCIón de 2
d~
mJrzo
de J989. de
1J
MUNPAL,
sobre modific3.ción del
haher
regulador
de pensión,
bs
cuales
se-
confirman
por
ser conformes;). derecho.
No
se
h3Cl:
(special imposición
de
costas.})
JlnlOs. Sr.:s. Subsl.'uetnrio yDH\:ctora gent:r;ll de
la
Función Pública.
El
Prcsidentt::
de
la
Comisión
:-..racion;il
jd
:\krcaJo
de
Valorcs,
en
virtud de
la
oekg3ción d
....
i3cultadcs otorgada por el Consejo
do.:-
e:ita
COMISION
NACIONAL
DEL
MERCADO
DE
VALORES
lCCL"RDO dí'::8 de nOl'iemhrc de 1991,
,fe!
la
CJ/llisión
X¡Jclonal
del
.l/creado
de
Va/ores, por el que se
dis,oO.'/{'
el
/e\"anrQ/mcltw de
la
1IIlCrV(!tlClJIl
de d:'l'l"Ocupila/
Uen;!Ín
S'oC/edad (¡(',wra de InslltuciuJ1es
de
lllreni::.5n Cole,?/lu,
SUCiedad
Anó¡;i1lll1>1.
En
su
virtud.-este MinisteriO para las
Administwciones
PublIcas,
de
conformidad
con lo establecido en los ar1iculos 118
de
la
Constitución:
!7.2
JI.'
la
Ley Organica
6;t98S,
de Ide julio, del Poder
J~dipa.l):
dcmris preceptos concordantesde la vIgente
L~y
de,
la
JU~lsdlcClon
COlltellcioso-Admimstrauya.
ha
dispuesto
la
publlcaclon de
dicho
fallo
en
el.
,(Boktin Oficial del
Estado)-},
para general conm:imiento y
t:umpllDllcnw en sus propIOS terrnmos de la
mencionadJ
semenoa.
Lo
que
digo a'l/V.
JI.
. . ,
..
M;}drid, 20
de
novi~-'mbrc
dc 1991.-El \-lmlslro para las
Admtnlstra·
n\.)l1CS
Públicas.
P.
O.
(Orden de
25
de mayo de 1987, «Boletín Oficial
dI.:'!
E'itado»
dd
3m, el
Sub~cLTe1ario,
Juan
IgnacIO Moltó Garcin.
29040
ORDEN
de
20
dC!
llvl'icmbre de 1991
por
la que se dispone
la publIcaCión
para
general CO/loc!J)u('mo r
cumplimIento
dd
faifa
dC'
la sentencia dichula por
111
Sala
de lo COlllcn-
cioso·.,ltimillistratil'o del TnlJ!lllal SuperIOr
de
Justicia de
la
COll1wlfdad
f.
I1lellCWna,
C!}/
el
J"ecuno
CiHl{CIICfoso-a(/lIl1l1is-
[ralifO
mimao
1.2S6j19S4,
pro¡¡wvido
por
don
Jaime
Cnlwks
Safrador.
29038

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