Orden de 3 de noviembre de 1988 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 16.602 promovido por ASISA.

MarginalBOE-A-1988-26006
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio Para Las Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden
32298 Sábado
12
noviembre
1988
BOE núm.
272
26006
julio, fonnulada
por
la Consejería
de
Ganadería, Agricultura yPesca
de
la Dipctación Regional
de
Cantabria,
Este Ministerio ha tenido abien disponer:
Primero.-Se ratifica la calificación previa -como
~pación
de
Productores Agrarios, de acuerdo con
el
régimen estableCIdo en la
Ley
29/1972, de 22 de julio, a«Valles
Unidos
del
Ason,
Sociedad Coopera-
tiva Limitada»,
de
Ramales
de
la Vic.toria (Santander).
Segundo.-La ratificación
de
la calificación previa se
otorga
para el
grupo de productos del ganado bovino-leche.
Tercero.-El
ámbito
geográfico
de
actuación
de
la
Entidad
como
Agrupación
de
Productores Agrarios abarcará el establecido
en
la
Orden
autonómica
de
calificación previa como APA.
Cuarto.-La fecha de comienzo de aplicación del régimen previsto
en
la Ley 29/1972, aefectos
de
lo dispuesto
en
los apartados a) yb) del
anículo
5.° de la misma será el día 1
de
abril
de
1988.
Quinto.-Los porcentajes aplicables al
valor
de
los productos vendi-
dos
por
la Entidad, aefectos del cálculo
de
subvenciones, será el 3, 2 Y
1por 100 del valor
de
los productos
vendidos
por
la
Entidad,
respectivamente, durante los tres primeros
años
de
funcionamiento
de
la Entidad
como
Agrupación de Productores Agrarios, fijándose
un
límite máximo alas subvenciones de 10.000.000
de
pesetas
para
la
primera campaña,
de
los cuales 8.000.000
de
pesetas se
imputarán
al
año
1988 y2.000.000
de
pesetas a1989; 7.000.000
de
pesetas
para
la segunda
campaña, con cargo al año 1990, y3.000.000
de
pesetas para la tercera
campaña, con cargo a1991. Estas subvenciones corresponden al
concepto 21.04.777 del programa 712-E,
~Comercialización,
Industriali-
zación yOrdenación Alimentaria».
Sexto.-El porcentaje
máximo
aplicable
durante
los
cuatro
primeros
añ.os al valor base
de
los productos entregados ala
Entidad
por
sus
mIembros, aefectos
de
acceso al crédito oficial, será del 70
por
100.
Séptimo.-La Dirección General de la Producción Agraria procederá
ala inscripción de la Entidad calificada
en
,el
Registro Especial
de
Entidades acogidas ala Ley
2911972,
de
Agrupaciones
de
Productores
Agrarios, con el
número
283. _
Madrid, 2de noviembre
de
1988.
ROMERO
HERRERA
Ilmo. Sr. Director general
de
la ProduccIón·Agraria.
26004
ORDEN
de 2de noviembre de 1988 por la que se reconoce
como Organización de Productores
de
Frutas yHortalizas
ala
SAT
número 6.825, ((Sevifruil», de la Rinconada
(Sevílla).
Vista
la
solicitud de reconocimiento
como
Organización
de
Produc-
tores de Frutas yHortalizas formulada
por
la SAT
número
6.825,
«Sevifruit», de la Rinconada (Sevilla), y
de
conformidad
con
el
Reglamento (CEE) 1035/1972, del Consejo
de
18
de
mayo, yel
Real
Decreto
110111986,
de
6
de
junio,
Este Ministerio
ha
tenido abien disponer:
Primero.-Se reconoce
como
Organización
de
Productores
de
Frutas
yHortalizas ala SAT
número
6.825, «Sevifruit»,
de
la
Rinconada
(Sevilla).
Segundo.-La concesión
de
beneficios en
virtud
del artículo 14 del
Reglamento (CEE)
1035/1972,
del Consejo
de
18
de
mayo, se
condiciona
ala disponibilidad presupuestaria.
Madrid, 2
de
noviembre
de
1988.
ROMERO
HERRERA
Ilmo. Sr. Director
gene~
de
la Producción Agraria.
MINISTERIO
PARA
LAS
ADMINISTRACIONES
PUBLICAS
el que son
panes,
de
una,
como
demandante,
don
Angel Martínez
Cancelo, yde otra,
como
demandada,
la
Administración Pública.,
representada ydefendida
por
el Letrado del Estado.
El citado recurso se
promovió
contra resolución del Ministerio
de
Administración Territorial
de
fecha 18
de
junio
de
1986,
que
desesti-
maba
el recurso
de
alzada interpuesto
contra
la
resolución
de
la
MUNPAL
de fecha 13
de
septiembre
de
1985 sobre
pensión
de
jubilación voluntaria.
La parte dispositiva
de
la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
4
Que
debemos desestimar ydesestimamos el recurso
contencio~dministrativo
deducido
por
don
Angel
Martinez
Cancelo
contra desestimación
por
silencio del recurso
de
alzada
formulado
ante
el Ministerio
de
la
Administración Territorial
de
la Administración
Estatal contra resolución
de
la Dirección Técnica
de
la
Mutualidad
Nacional de Previsión·
de
la Administración Local
de
13
de
septiembre
de
1985 sobre determinación
de
los haberes pasivos del recurrente
como
funcionario municipal jubilado; sin hacer
pronunciamiento
respecto
al
pago
de
las costas devengadas
en
la sustanciación del procedimiento.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas,
de
conformidad con lo establecido
en
los artículos 118
de
la Constitución;
17.2
de
la Ley Orgánica 6/1985,
de
1
de
julio. del
Poder
Judicial, y
demás
preceptos concordantes
de
la
vigente Ley
de
la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa,
ha
dispuesto la publicación
de
dicho
fallo
en
el «Boletín Oficial del Estado»,
para
general
conocimiento
y
cumplimiento
en
sus propios
términos
de
la
mencionada
sentencia.
Lo
que digo aVV.
11.
Madrid, 3
de
noviembre
de
1988.-P. D. (Orden
de
25
de
mayo
de
1987), el Subsecretario,
Juan
Ignacio Moltó García.
limos. Sres. Subsecretario yDirector técnico
de
la
Mutualidad
Nacional
de Previsión
de
la Administración
LocaL
ORDEN
de 3de noviembre de 1988 por la que
se
dispone
la
fublicación. para general conocimiento ycumplimiento.
de fallo de la sentencia dictada por la Sección Primera de
la Sala
de
lo Contencioso-Administratil'o de la Audiencia
Nacional en el recurso contencioso-administrativo número
16.602 promovido por
AS/SA.
limos. Sres.:
La.
Sección
Primera
de
la Sala
de
10
Contencioso-
Administrativo
de
la Audiencia Nacional
ha
dictado
sentencia,
con
fecha 30
de
junio
de
1988,
en
el recurso contencioso-administrativo
número 16.602,
en
el
que
son
partes,
de
una,
como
demandante,
ASISA,
y
de
otra, como demandada, la Administración Pública, representada y
defendida
por
el Letrado del Estado.
El
cilado recurso se
promovió
contra
Resolución del Ministerio de
la Presidencia
de
4
de
julio
de
1983,·
que
estimaba
el recurso
de
alzada
interpuesto
por
don
Luis Felpeto
Navarro,
contra
Resolución
de
MUFACE de
13
de
julio
de
1978, sobre gastos
de
asistencia médica.
La parte dispositiva
de
la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
4
Que
'OOn
desestimación del recurso, debemos declarar y
declaramos ajustada aderecho
la
Resolución recurrida
de
4
de
julio
de
1983;
con
costas al recurrente.»
En su virtud., este Ministerio
para
las Administraciones Públicas.
de
conformidad
con
lo establecido
en
los artículos 118
de
la Constitución;
17.2,
de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de
jolio, del
Poder
Judicial, y
demás preceptos concordantes
de
la
vigente Ley
de
la
Jurisdicción
Contencioso-Administrativa,
ha
dispuesto la publicación
de
dicho fallo
en
el «Boletín Oficial del Estado»,
para
general
conocimiento
y
cumplimiento
en
sus propios términos
de
la
mencionada
sentencia.
Lo
que digo aVV.
11.
Madrid, 3de noviembre
de
1988.-P. D. (Orden
de
25
de
mayo
de
1987), el Subsecretario,
Juan
Ignacio
Molló
García.
Dmos.
Sres. Subsecretario yDirector general
de
la
Mutualidad
General
de
Funcionarios Civiles del Estado.
Urnas. Sres.: La Sala
de
lo
Contencioso~Administrativo
de
la Audien-
cia Territorial
de
La Coruña
hz.
dictado sentencia.
con
fecha 29 de
julio
de
1988, en el recurso
contencioso~administrativo
~úmero
555/1986.
en
ORDEN
de 3de noviembre de 1988 por la que se dispone
la fublicación para general conocimiento ycumplimiento
de fallo de la sentencia dictada
por
la Sala de
lo
Canten-
cioso-Administrativo de la Audiencia Territorial
de
La
Coruña
en
el recurso contencioso-administrativo
número
761/1986. promovido por don Julio
Abad
Rodn"guez.
Urnas. Sres.: La Sala
de
lo Contencioso-Administrativa
de
la Audien-
cia Territorial de La
Coruña
ha
dictado
sentencia.
con
fecha
21
de
marzo
d~
1988, en el recurso contencioso-administrativo
número
671/1986,
en
ORDEN
de 3de noviembre de 1988 por la que se dispone 26007
la
publicación para general conocimiento
JI
cumplimiento
del fallo de la sencencia dictada por
Ja
Sala de
Jo
Conten-
cioso-Administrativo de
la
Audiencia Territorial de
La
Coruña
en
el recurso contencioso-administrativo
número
555/1986, promovido por
don
Angel Martínez Cancelo.
26005

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR