Orden AEC/2251/2010, de 26 de julio, por la que se establecen conjuntamente las bases reguladoras y se convoca una beca, para la realización de una actividad, para alumnos españoles que han superado el curso académico del 'master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales' que se imparte en la Escuela Diplomática.

MarginalBOE-A-2010-13286
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Escuela Diplomática lleva a cabo programas de enseñanza en materia de relaciones internacionales. Con este fin, la Escuela Diplomática reformó los contenidos de sus programas y en 2005 sustituyó el curso de estudios internacionales CEI por el «máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales», con el que aspira a preparar a postgraduados españoles que desean profundizar en el análisis y estudio de la realidad internacional, así como a los aspirantes a un futuro ingreso en la Carrera Diplomática.

Como consecuencia de la dedicación especial que requiere el citado master, la Escuela Diplomática convoca una beca en régimen de concurrencia competitiva.

En atención a lo expuesto, previos informes de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, así como de la Secretaría General Técnica del propio Ministerio y siguiendo los principios de igualdad, mérito y capacidad, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1 Objeto de la beca.

La beca se convoca en régimen de concurrencia competitiva y tiene por objeto realizar una actividad de apoyo y colaboración en las tareas del máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales que imparte la Escuela Diplomática, durante el curso académico 2010-2011.

Artículo 2 Duración de la beca y destino.
  1. La beca que se convoca tiene una duración de diez meses. Se iniciara el 1 de octubre de 2010 y finalizarán el 31 de julio de 2011.

  2. Se facilitará al becario/a diez días hábiles de vacaciones durante el disfrute de la beca.

  3. El/a becario/a estará destinado en la Escuela Diplomática, Subsecretaría, de los servicios centrales del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Artículo 3 Cuantía de la beca, dotación e imputación presupuestaria.

La subvención es de 1.500€ mensuales y se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los ejercicios 2010 y 2011 del Programa de actividades de la Escuela Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación 12.01.141M.483.00, para Becas ED-MAEC, con importes de 4.500€ y 10.500€ respectivamente, en total 15.000€, durante el disfrute de la beca. Esta cantidad estará sometida a los descuentos y retenciones que procedan de acuerdo con la legislación vigente.

Artículo 4 Requisitos de los candidatos.
  1. Para acceder a la condición de beneficiario/a de la beca que se convoca en la Escuela Diplomática, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Tener la nacionalidad española.

    2. Haber superado con éxito el master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales que se imparte en la Escuela Diplomática.

    3. Tener experiencia en la organización y gestión del curso del máster.

    4. No padecer ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becario

    5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio del Estado o de entidades de carácter público, además de no haber incurrido en cualquier otro de los supuestos que contempla el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. En cumplimiento del artículo 35.f) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no será necesario presentar por parte del candidato/a seleccionado/a aquella documentación que hayan aportado anteriormente y que obre en poder de la Escuela Diplomática.

Artículo 5 Presentación de la solicitud de beca y plazo de presentación.
  1. Las solicitudes de becas de prácticas irán dirigidas al Embajador-Director de la Escuela Diplomática, y podrán ser presentadas directamente en la sede de este Centro o por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

  2. Los/as solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, deberán cumplimentar de forma completa y verídica el correspondiente formulario de solicitud de beca. Dicho formulario se podrá obtener a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en...

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