Resolución de 24 de septiembre de 1982, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 13/1982, de 3 de septiembre, relativo a medidas urgentes para renovación y modificación de la plantilla presupuestaria de la Orquesta Nacional.

MarginalBOE-A-1982-26950
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCortes Generales
Rango de LeyResolución
L.I
BOE.-Núm.
250
19
octutire
19n
28717
26946
loa
Diputados
en
su
sesiÓn
del
dfa
21
de
los
comentes
acordó
co,?-vaildar
el
Real
Decreto-ley
1311882,
de
3
ds
septle~bre,
re-
latIVO a
medidas
urgentes
para
renovación
ymodificaciÓn
4.
la
planWla
presupuestaria
de
la
Orquesta
Nacional.
Se
ordena
la
publicaciÓn
para
gener
ai
conocimiento.
Palacio
del
Congreso
de
los
Diputados,
24
de
septiembre
de
1982.-:-EI
Presloente
del
Congreso
de
los
Diputados,
Lande-
lino
Lavllla
Alsma.
DEL
'GOBIERNO
PRESIDENCIA
REAL
DECRETO 2e07/1982.
de~24
de
julio,
.obre
traspaso
de
funciones
y
servicios
de
la
Administra-
c.ón
dol
Estado a
la
Comunidad
A
utónoma
de
Can-
tabria
en
materia
de
Servicios
y
Asistencia
Sa-
ciales.
.
El
Real
Decreto
mí!
ciento
cincuenta
y
doslrnll
novecientos
ochenta
y
dos,
de·
veintiocho
de
mayo,
determina
las
normas
y
el
procedImIento
a
que
han
de
ajustarse
las
transferencias
de
funciones
y
servicios
del
Estado
a
la
Comunidad
Autónoma
de
Cantabria.
De
conformIdad
con
lo
dispuesto
en
el
Real
Decreto
citado
que
también
regula
el
funcionamiento
de
la
Comisión
Mixta
de
TransferenCIas
prevista
en
la
disposición
transitoria
VII
del
Estatuto
de
'Autonomla
de
Cantabria
esta
Comisión
tras
con-
si~~ar
su
conveniancia
y
legahdad.
'así
como
la
necesidad
de
inICIar
las
transferenCIas
en
este
sector
competencial,
adopt6
en
su
reunian
del
d1a
diecinueve
de
julio
de
mil
novecientos
ochenta
y
dos
el
oportuno
acuerdo
cuya
virtualidad
práctica
exige
la
aprobación
por
el
Gobierno
mediante
Real
Decreto
objetivo
inmedIato
dei
presénte.·
,
.
En
su
virtud,
a
propuesta
de
ios
Ministros
de
Trabajo
y
Seguridad
Social
y
de
Administración
Territorial,
y
previa
de-
liberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
vein-
titrés
de
julic..
de
mi!
noveci"entos
ochenta
y
dos,
26951
RESOLUClON
d.
24
d.
,optiembr.
do
1982,
del
Con-
greso
de
lo,
Diputados,
por
la
que
,.
ordena
la
publicación
del
acu.,rdo
de
convalidación
del
Real
Decreto-ley
l2/1982,
d.
Zl
do
agosto,
por
.1
que
,.
regula
'la
tntervención
dol
Estado
en
la
central
nu-
clear
do
Lemón".
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
los
articulas
78.2 y88.2
de
la
Constitución,
la
Diputación
Permanente
del
Congreso
de
los
Diputados
en
su
sesión
del
dia
21
de
los
corrientes.,
acordó
convalidar
el
Real
Decreto·ley
12/1982,
de
27
de
agosto,
por
el
que
Se
regula
la
Intervención
del
Estado
en
la
central
nuclear
de
Lemóniz.
Se
ordena
la
publicación
para
general
conocimiento.
Palacio
del
Congreso
de
los
Diputados,
24
de
septiembre
de
.1982.-El
Presidente
del
Congreso
de
los
Diputados,
Lande·
lino
Lavilla
Alsina.
.
CORTES
GENERALES
26947
RESOLUClON
de
24
do
septiembre
de
1982,
del
Con·
greso
de
los
Diputados,
por
la
que
se
ordena
la
publicación
del
acuerdo
de
convalidación
del
Real
,Decreto·ley
14/1982,
de
3
de
septiembre,
relativo
a
concesión
de
un
crédito
e%tTa o r d inaTio
de
5.197.300.500 pesetas,
con
dostina
a
satisfacer
los
gastos de
las
elecciones
g~nerales
de
1982
al
Con-
greso y
al
Senado.
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
los
articulas
78.2 y86.2
de
la.
Constitución,
la
.
Diputación
Pennanente
del
Congreso
de'
los
DIputados
en
su
sesión
del
dla
21
de
los
corrientes,
acordó
convalidar
el
Real
Decreto-ley
14/1982,
de
3
de
septiembre,
re·
lativo
a
concesión
de
un
crédito
extraordinario
de
5.197.300500
pesetas,
con
destino
a
satisfacer
los
gastos
de
las
elecciones
generales
de
1982
al
Congreso
y
al.
Senado.
Se
ordena
la
publicación
para
general
conocimiento.
Palacio
del
Congreso
de
los
Diputados,
24
de
septiembre
de
1982.-EI
Presidente
del
Congreso
de
los
Diputados,
Lande·
ilno
Lavílla
Alsina.
26950
26948
RESOLUClON
de
24
de
septiembre
de
1982,
del
Con·
greso
do
los
Diputados,
por
la
que
se
ordella
la
publicación
del
acuerdo
de
convalidaciÓn
del
Real
Decr.tOoley 1511982,
de
3
de
septiembre,
relativo
a
medidas
presupuestarias
urgentes
en
materia
de
D.fensa
y
Seguridad
Social.
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
los
artlculos
78.2 y86.2
de
la
Constitución,
la
Diputeción
Permanente
del
Congreso
de'
los
Diputados
en
su
sesión
del
dia
21
de
los
corrientes,
acordó
convalidar
el
Real
Decreto-ley
15/1882,
de
3
de
septiembre,
re·
lativo
a
medidas
pz:esupuestarias
urgentes
e11
materia
de
De-
Censa y
Seguridad
Social.
'.
Se
ordena
la
publicación
para
.general
conocimiento.
Palacio
del
Congreso
de
los
Diputados,
24
de
septiembre
de
1982.-El
Presidente
del
Congreso
de
los
Diputados,
Lande-
ilno
Lavilla
Alsina.
26949
RESOLUCION
de
24
d.
septiembre
de
1982,
del
Con·
greso de los
Diputados,
por
la
que
se
ordena
la
publicaciÓn
del
acuerdo
de
convalidacio~
del
Real
Decreto-ley
18/1982,
de
27
de
agosto,
relativo
a
con-
cesión
de
moratorias
yexenciones
de
pago
por
daños ocasionados a
causa
do
la
sequia.
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
los
artIculos
78.2 Y86.2
de
la
Constitución,
la
Diputación
Pennanente
del
Congreso
de
los
Diputados
en
su
sesión
del
dia
21
de
los
corrientes,
acordÓ
convalidar
el
Real
Decreto·ley
16/1982,
de
27
de
agosto,
rela-
tivo
a
concesión
de
moratorias
y
exenciones
de
pago
por
daños
ocasionados
a
causa
de
la
sequia.
Se
ordena
la
publicación
para
general
conocimiento.
Palacio
del
Congreso
de
los
Diputados,
24
de
septiembre
de
1982.-El
Pre'sidente
del
Congreso
de
los
Diputados;
Lande·
lino
Lavílla
Alsina.
RESOLUClON
de
24
de
septiembre
de
1982,
del
Con-
greso de
los
Diputados,
por
la
que
se
ordena
la
publicaciÓn
del
acuerdo
de
convalidaciÓn
del
Real
Decreto·ley
1311982,
do
3
de
septiembre,
relativo
a
medidas
urgentes
para
renovación
y
modificación
de
la
plantilla
presupuestaria'
d
la
Orquesta
Na-
cional.
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
lOs
articulas
78.2 Y86.2
de
la
Constitución,
la
Diputación
Pll1'D1anenie
dal
Congreso
de
DISPONGO,
Articulo
primero.-Se
aprueba
el
Acuerdo
de
la
ComisiÓn
Mixta
de
TransleNncias
de
Cantabria
de
fecha
diecinueve
de
julio
de
mil
noveci~ntos
ochenta
y
dos
por
el
que
se
transfieren
competencias
y
funciones
del
Estado
en
materia
de
Servicios
y
Asistencia
Sociales
a
la
Diputación
Regional
de
Cantabria
y
se
les
traspasan
los
correspondientes
Servicios
e
Instituciones
y
medios
personales,
materiales
y
presupuesta,rios
precisos
para
el
ejercicio
de
aquéllas.
Articulo
segundo.-Uno.
En
consecuencia,
quedan
transfe-
ridas
ala
Diputaci.ón
Regional
de
Cantabna
las
competenCIas
a
que
se
refiere
el
Acuerdo
que
se
inClUye
como
anexo
!
del
presente
Real
Decreto
-y
traspasados
a
la
misma
los
Servicios
e
Instituciones
y
~os
bienes.
derechos
y
obligaciones,
así
como
el
personal
y
crédltos
presupuestarios
que
figuran
en
las
rela·
ciones
números
uno
a
tres
adj
untas
al
propio
Acuerdo
de
la.
Comisión
Mixta
indicada,
en
los
términos
y
condiciones
que
alll
se
especifican.
Dos.
En
el
anexo
II
de
este
Real
Decreto
se
recogen
las
disposiciones
legales
afectadas
por
la
presente
transferencia.
Articulo
tercero.-Los
traspasos
a
que
se
refiere
este
tleal
Decreto
tendrán
efectividad
a
partir
del
día
señalado
en
el
Acuerdo
de
la
ComIsión
Mixta.
.
Articulo
cuarto.-Los
créditos
presupuestarios
que
Ciguran
detallados
en
las
relaciones
tres
punto
dos,
como
bajas
efec·
tivas
en
los
Presupuestos
Generales
del
Estado
para
el
ejercicio
de
mil
novecientos
ocbenta
y
dos,
serán
dados
de
baja
en
los
conceptos
de
origen
y
transferidos
por
el
Ministerio
de
Hacienda
a
los
conceptos
habilitados
~n
los
capitulas
IV y
vn
de
la
Seco
ción
treinta
y
d0S,
destinados
a
financiar
los
servicios
asumIdos
por
los
Entes
I'reautonómicos
y
Comunidades
Autónomas.
una
vez
que
se
remitan
al
Departemento
citado
por
parte
de
la
Oficina
Presupuestaria
del
Ministerio
.cJe
Trabajo
y
Seguridad
Social
los
certifIcados
de
retención
de
crédito
acompañados
de
un
sucinto
infonne
de
dIcha
Oficina
para
dar
cumplimiento
a
lo
dispuesto
en
el
anexo
1,
primero,
apartado
al,
punto
dos,
de
la
Ley
de
Presupuestos
Generales
del
Estado
para
mil
nove·
cientos
ochenta
y
dos.
.
ArtIculo
quinto.-Los·
créditos
no
incluidos
dentro
de
la
va-
loración
dal
Coste
Efectivo,
recogidos
en
la
.relación
tres
punto
tres,
se
librarán
directamente,
sin
necesidad
de
proceder
a
modificaciones
presupuestarias
de
ninguna
clase,
por
el
Mi·
nlsterio
de
Trabajo
y
Seguridad
Social
a
la
Comunidad
Autó·
noma
de
Cantabria,
cualquiera
que
sea
el
destinatario
final
del
pago,
de
forma
que
ésta
pueda
disponer
de
los
fondos
con
la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR