DECRETO 233/1999, de 22 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 191/1998, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de condiciones técnicas de las viviendas protegibles de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 233/1999, de 22 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 191/1998, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de condiciones técnicas de las viviendas protegibles de Aragón.

El Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del plan 1998-2001, incluye como susceptibles de ayudas las viviendas declaradas protegidas por las Comunidades Autónomas que cumplan determinadas condiciones de superficie y precio o renta máximos.

El Decreto 191/1998, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de condiciones técnicas de las viviendas protegibles de Aragón, tiene por objeto definir la normativa técnica para que una promoción de viviendas de nueva construcción pueda ser declarada protegida en Aragón.

Para ello este Decreto incorporaba, en su artículo 5, los criterios y limitaciones de cómputo de superficie en edificios declarados protegidos. En el apartado tercero se establecieron las definiciones y limitaciones de los garajes, trasteros, anejos para talleres artesanos, agricultores o ganaderos, y locales comerciales.

Teniendo en cuenta que la norma estatal prevé que únicamente se podrá obtener financiación cualificada para la promoción de una plaza de garaje y de un trastero, requiriéndose en todo caso la vinculación en proyecto y registralmente a la vivienda objeto de financiación, resulta necesario efectuar la oportuna modificación por razones de mayor seguridad jurídica y para evitar equívocos que pudieran surgir habida cuenta de la normativa estatal y la necesaria integración de ésta con la normativa autonómica en la materia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 22 de diciembre de 1999, DISPONGO:

Artículo primero.--Se modifica el apartado 3 letra d) del artículo 5 del Decreto 191/1998, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de condiciones técnicas de las viviendas protegibles de Aragón, que queda redactado en los siguientes términos: d) Los locales comerciales estarán en plantas diferentes a las de vivienda.

Cuando condicionantes urbanísticos incluyan, de forma opcional u obligatoria el uso comercial y residencial en una misma planta, dichos usos estarán separados por espacios de uso común. No...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR