SAP Madrid 765/2006, 28 de Noviembre de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
ECLIES:APM:2006:14567
Número de Recurso660/2006
Número de Resolución765/2006
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 27ª

FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE CARLOS OLLERO BUTLER MARIA TERESA CHACON ALONSO

AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 27

MADRID

SENTENCIA: 00765/2006

Rollo nº 660/2006

Procedimiento Abreviado nº 411/2005

Juzgado de lo Penal nº 3 de Getafe

S E N T E N C I A Nº 7 6 5 / 2 0 0 6

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN VIGESIMOSÉPTIMA

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Javier Vieira Morante

Magistrados:

D. Carlos Ollero Butler

Dña. María Teresa Chacón Alonso

En Madrid a veintiocho de noviembre del dos mil seis.

Vistos por esta Sección 27ª de la Audiencia Provincial de esta capital, en Audiencia Pública y en grado de Apelación, los presentes Autos nº 411/2005 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 3 de Getafe, seguidos por supuesto delito de amenazas y una falta de vejaciones injustas, siendo apelante Doña Teresa, apelado Don Victor Manuel y parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Vieira Morante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 20 de febrero del 2006, en la que se declararon probados los hechos siguientes: "El día 7-9-205, Victor Manuel, mayor de edad y sin antecedentes penales, envió al móvil nº NUM000, de su ex-pareja, los siguientes mensajes:

-" Margarita, Teresa ya no necesita que le regales juguetes eróticos, ha encontrado los centímetros que necesita que necesitaba, ¡Casi no le entra en la boca!.

-"Hoy te envío el dinero de Pablo, así ya tienes para este puente, como cuando te quedaste con el de tu hermana para el ordenador y le fabriqué uno con chatarra. A eso en mi pueblo se le llama robar, es que ¡tienes un corazón tan grande! ¡Buena persona!."

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente pronunciamiento en su parte dispositiva:

"FALLO: "Que debo condenar y condeno al acusado Victor Manuel, como autor criminalmente responsable de una falta de injurias ya expresada, a la pena de multa de diez días, con cuota diaria de seis euros y la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal y a que no se aproxime a menos de 500 metros de Teresa y no comunique con ella, durante seis meses.

Asimismo, debo absolver y absuelvo a Victor Manuel del delito de amenazas por el que venía acusado, debiendo abonar la mitad de las costas causadas, incluidas las de la Acusación Particular, pero reducidas a las de un juicio de faltas."

TERCERO

Notificada la misma, interpuso contra ella Recurso de Apelación Doña Teresa, que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.

CUARTO

Una vez recibidos los Autos en esta Sección 27ª, se pasó la causa al Magistrado Ponente y se señaló para deliberación el día 23 de noviembre del 2006, quedando los Autos vistos para Sentencia tras la correspondiente votación.

Se dan por reproducidos los de la Resolución recurrida, que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Centra la recurrente su recurso en discutir la valoración de pruebas en la que se basa la sentencia apelada, argumentando que no otorga validez a la declaración de la denunciante prestada en el juicio oral, confirmada por las testificales de su padre y de su hermana, y que concurren los elementos de un delito de amenazas.

SEGUNDO

La sentencia apelada absuelve al acusado del delito de amenazas que se le imputa al estimar que la acusación por este delito se refiere a hechos realizados el 16 de agosto del 2005, pero que de la declaración de la denunciante se deduce que las amenazas ocurrieron en otras ocasiones, no el día mencionado, en el que el acusado...

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