STSJ Galicia , 26 de Junio de 2002

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:4642
Número de Recurso627/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

01/0000627 /2001 -F. A SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 1142/2002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la Ciudad sede de este Tribunal, a veintiséis de junio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el numero 01 /0000627/2001, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por SINDICATO NACIONAL CC. OO DE GALICIA, representado por el procurador D. JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigido por el Abogado D. FERNANDO ESCARIZ FERNÁNDEZ, contra Resolución de la Gerencia General del Complejo Hospitalario de Pontevedra, p d del Conselleiro de Sanidad y Ss. Ss. de 14.12.00 sobre contratación del servicio de limpieza de las unidades hospitalarias de dicho complejo hospitalario. Es parte como demandada CONSELLERIA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. Comparece como Codemandado EL SERVICIO GALLEGO DE SLUD, representado y dirigido por el LETRADO DEL SERGAS; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La resolución de 14 de diciembre de 2000 de la Gerencia General del Complejo Hospitalario de Pontevedra, anuncia la contratación del servicio de limpieza de las unidades hospitalarias de este complejo, mediante concurso público y por el procedimiento abierto y trámite anticipado de gastos.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA Y AL LETRADO DEL

SERGAS, evacuaron dicho traslado a medio de escritos de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimaron procedentes y suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Sindicato Nacional Comisiones Obreras de Galicia interpone recurso contencioso administrativo contra resolución de la Gerencia General del Complejo Hospitalario de Pontevedra, dictada por delegación del Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales de la Xunta de Galicia, de fecha 14 de diciembre de 2000, por la que se anuncia la contratación del servicio de limpieza de las unidades hospitalarias del referido Complejo, mediante concurso público, procedimiento abierto y trámite anticipado de gastos.

SEGUNDO

El Pliego de Cláusulas Administrativas, relativo al expresado anuncio, establece en su apartado 14.2, bajo la rúbrica de "El Personal"

3) En el supuesto de que el CHOP asuma la gestión directa del servicio, no se verá obligado a subrogarse en los derechos y obligaciones que la contrata anterior mantuviese con sus trabajadores, ni existirá ningún tipo de vinculo contractual entre estos y la Administración.

4) Las mejoras económicas pactadas entre trabajadores y contratista, se entenderán...

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