Conclusiones

AutorJosep M. Vilajosana
Páginas201-204
CONCLUSIONES
El objetivo de la presente investigación era hallar las formas en las que las
normas jurídicas se pueden relacionar con las acciones llevadas a cabo por los
seres humanos en sociedad. En el capítulo I inicié el recorrido que debía llevar-
nos a cumplir con este objetivo a través del análisis de posibles tipos de normas
jurídicas, de cuáles son sus relaciones con el lenguaje y de si hay que conside-
rarlas como entes abstractos o concretos.
Respecto a la primera cuestión, recordé dos clasi•caciones. Por un lado, la
distinción entre reglas regulativas y constitutivas. Esta diferenciación es rele-
vante, porque muestra un distinto papel que las mismas juegan respecto al
acontecer humano. Las reglas regulativas presuponen la existencia indepen-
diente de aquello que regulan, mientras que las reglas constitutivas contribuyen
a generar la realidad institucional. Por otro lado, vimos la tipología de VON
WRIGHT, que es útil por ser muy completa y por mostrar una forma compleja de
concebir las reglas regulativas o prescripciones.
Respecto a la relación entre normas jurídicas y lenguaje, he destacado que
puede entenderse de maneras distintas, según el tipo de dependencia a la que se
pretenda aludir (general o especí•cas) y en función de cómo se conciba aquí la
referencia al «lenguaje». El optar por una u otra de las distintas posibilidades
tiene repercusiones a la hora de considerar si nos hallamos ante normas enten-
didas como entes abstractos o concretos, o una combinación de ambos.
En este sentido, suele verse la distinción entre concepción hilética y con-
cepción expresiva asociada a compromisos ontológicos determinados: con nor-
mas entendidas como entes abstractos, la primera, como entes concretos, la
segunda. Sin embargo, no hay razones para descartar de entrada concepciones
de las normas jurídicas que no descansarían en esta dicotomía excluyente (por
ejemplo, tratándolas como formulación-caso emitidas en un momento determi-
nado). Por otro lado, se suele hablar de maneras distintas en que se puede decir
que una norma existe (fáctica, como pertenencia, como fuerza obligatoria, for-

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