STSJ Canarias 5030, 1 de Diciembre de 2005

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2005:5030
Número de Recurso1793/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución5030
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

1 Código 01a.- Ref: RCA nº 1.793/02.- SENTENCIA Ilmos Sres Presidente: Dña Cristina Paez Martínez Virel.- Magistrados:Don César José García Otero.- Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.- En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 1 de diciembre de 2005.- Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 1.793/02, seguido por el procedimiento especial de amparo judicial; en el que son partes: como recurrente, el Colegio Nuestra Señora de Las Nieves de Las Palmas de Gran Canaria, representado por la Procuradora Dña María Jesús Rivero Herrera y defendido por la Letrado Dña Dácil Coello Santana; y, como Administración demandada, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias; en el que también fue parte el Ministerio Fiscal, versando sobre nulidad de Orden Departamental relativa a la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las Enseñanzas de Educación Primaria, Especial, Secundaria, Obligatoria, Formación Profesional de Segundo Grado, Ciclo Formativo de Grado Medio y Nuevo Bachillerato.- I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO .- En el Boletín Oficial de Canarias de 6 de noviembre de 2002, se publicó la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 18 de octubre de 2002, relativa a la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Segundo Grado, Ciclos Formativos de Grado Medio y del nuevo Bachillerato.

En dicha Orden se aprobaron las renovaciones y las modificaciones expresadas en su Anexo 1 en el que se contienen el nivel y número de unidades de los distintos Centros que se conciertan para el período comprendido entre los cursos escolares 2002-2003 a 2004-2005, a excepción de los Centros para los que se señala un período diferente.- SEGUNDO.- Contra dicha Orden se interpuso recurso contencioso-administrativo, por el procedimiento especial de amparo judicial, por la Procuradora Dña María Jesús Rivero Herrera, en nombre y representación del Colegio Nuestra Señora de las Nieves de Las Palmas, y, en su momento, se formuló la correspondiente demanda en la que se pedía la estimación del recurso y anulación de la Orden recurrida, con reconocimiento del derecho de dicho Centro a acceder al régimen de conciertos educativos en su totalidad y acorde con su petición inicial y se condene a la Consejería a suscribir el Convenio, declarándolo así, con imposición de costas a la parte contraria.- TERCERO.- De dicha demanda se dio traslado a la Administración demandada que la impugnó, así como al Ministerio Fiscal, que consideró que se producía la vulneración al derecho de igualdad de trato en la aplicación de la ley en relación con la entidad actora.- CUARTO.- A la finalización del periodo probatorio, se declararon conclusas las actuaciones.- Fue ponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero,que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S

PRIMERO .- El objeto del recurso es la pretensión de que, por vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad en la aplicación de la ley y a la educación, se anule la Orden de 18 de octubre de 2002, relativa a la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Segundo Grado, Ciclos Formativos de Grado Medio y del nuevo Bachillerato, en lo que se refiere al régimen...

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