Ley 34/1982, de 3 de julio, sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 485.817.300 pesetas, para sufragar los gastos del nuevo referéndum del Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Marginal | A19663-19663 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Jefatura del estado |
Rango de Ley | Ley |
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Se concede un crédito extraordinario por un importe de cuatrocientos ochenta y cinco millones ochocientas diecisiete mil trescientas pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, "Ministerio del Interior"; servicio cero uno, "Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales", concepto doscientos cincuenta y nueve, subconcepto dos (nuevo), "Para satisfacer toda clase de gastos, incluso de personal, que se presenten en la celebración del Referéndum del Estatuto de Autonomía para Andalucía".
Dicho crédito extraordinario será financiado con baja en las Secciones y conceptos que se figuran en el anexo que se une a esta Ley, y cuyo importe asciende a cuatrocientos ochenta y cinco millones ochocientas diecisiete mil trescientas pesetas.
ANEXO
Anexo en el que se relacionan las partidas de las Secciones del Presupuestos de Gastos del Estado para mil novecientos ochenta y uno, que son baja en los conceptos que para cada una se especifican por su aplicación como financiación del crédito extraordinario para sufragar los gastos del nuevo Referéndum del Estatuto de Autonomía de Andalucía:
Aplicación ........................................... Importe
- 09.481 ............................................ 285.965.732
04.761 .............................................. 199.851.568
Resumen .............................................. Importe
Total ............................................... 485.817.300
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a tres de Julio de mil novecientos ochenta y dos.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO
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