Orden CUL/163/2010, de 27 de enero, por la que se aprueba el procedimiento de concesión de subvenciones nominativas del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

MarginalBOE-A-2010-1652
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Mediante Orden CUL/324/2005, de 17 de febrero, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones nominativas del Ministerio de Cultura y de sus Organismos públicos.

Con posterioridad a dicha normativa se ha aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. En el mismo se regulan determinadas situaciones que, dada su aprobación anterior, no pudieron ser previstas en la Orden CUL/324/2005, de 17 de febrero, tales como la no distinción entre aquellos beneficiarios que son de naturaleza jurídica pública y los que lo son de naturaleza privada en orden a la documentación que han de aportar para obtener la condición de beneficiarios así como en la justificación de dichas subvenciones. Asimismo, el Reglamento comporta una clara simplificación y reducción de cargas respecto a lo establecido en dicha Orden.

De otra parte, el artículo 65.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, señala que en el procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos, el acto de concesión, o el convenio, tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones. Esta previsión reglamentaria hace innecesaria la existencia de la Orden Ministerial que ahora se deroga, al tiempo que facilita la gestión del procedimiento con una mayor eficiencia, adaptando tanto los actos de concesión o convenios a las especiales circunstancias y condiciones, como la justificación de los fondos recibidos que se plantean en estas subvenciones por razón de sus diferentes y plurales beneficiarios.

La nueva Orden, además, aprueba el marco normativo al que se ha de acomodar la concesión de las subvenciones nominativas del Ministerio de Cultura y de sus Organismos públicos regulando el procedimiento en su inicio y terminación, y designando a los Órganos directivos y los Organismos públicos que tendrán la condición de instructores.

En su virtud, con la aprobación previa de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:

Articulo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones nominativas, definidas en el articulo 22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. El ámbito de la presente Orden se extiende al Ministerio de Cultura y a sus Organismos públicos.

Artículo 2 Inicio.
  1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas...

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