Decreto 34/2001, de 29 de marzo, por el que se declara de utilidad pública e interés social y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Sangoñedo-El Fresno (Tineo).

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Sangoñedo-El Fresno (Tineo), puestos de manifiesto por los agricultores de la misma en solicitud de concentración dirigida a la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, han motivado la realización, por el Servicio de Infraestructuras Rurales, de un estudio sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deduciéndose de dicho estudio la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria por razón de utilidad pública e interés social, de conformidad con lo establecido en la Ley del Principado de Asturias 4/89, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, de 21 de julio.

En su virtud, a propuesta del Ilmo. Sr.

Consejero de Medio Rural y Pesca y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en reunión del día 29 de marzo de 2001, DISPONGO

Artículo 1 Se declara de utilidad pública e interés social y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Sangoñedo-El Fresno (Tineo).
Artículo 2 El perímetro de la zona estará formado, en principio, por parte del término municipal de Tineo, que comprende los núcleos de población de El Fresno, El Espín

La Pereda, Orrea y Sangoñedo, y cuyos límites son: Norte.-Carretera local TI-3 y terrenos de Bustiello y Campiello. Sur.-Terrenos y montes de Campo y Sobrado. Este.-Río Villaverde, terrenos de Sobrado y Villajulián. Oeste.-Montes públicos, Vicherín y La Mortera.

Dicho perímetro quedará en definitiva modificado de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley del Prin cipado de Asturias 4/89, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.

Artículo 3

Con arreglo a lo dispuesto en el art. 23-1 c) de la Ley del Principado de Asturias 4/89, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, y de acuerdo con el Decreto 84/92, de 30 de diciembre, por el que se determina la unidad mínima de cultivo agrícola y forestal, se...

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