Real Decreto 1531/1976, de 21 de mayo, por el que se conceden efectos civiles a los estudios de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología (Sección de Sociología) de la Universidad Pontificia de Salamanca.

MarginalBOE-A-1976-12765
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto
12978
-2
julio
1976
B.
O.
ílel
E.-Num.
158
12753
12762
Propietarío
único
Don
Francisco
y
don
Santiago
Iborra
Gurda.
Domicilio:
Octavio
Picón,
46.
MaJaga.
Málaga,
22
de
junio
de
1976.-EI
Ingeniero
Director.-S.179-E.
DISPONGO,
Articulo
prime:ro.-Se
reconocen
efectos
civiles,
conforme
al
régimen
del
articulo
sexto
del
Convenio
suscrita
entre
la
Santa
Sede
yel
Estado
español
de
cinco
de
abril
de
mil
n<lVecientos
sesenta
y
dos.
a
los
estudios
cursados
en
la
Facultad
de
Ciencias
Políticas
y
Sociología
(Sección
de
SociOlogía)
de
la
UniverSidad
Pon
tificia
de
Salamanca.
Artículo
segundo.-Se
concede
un
plazo
de
tres
meses
para
que
per
la
Universidad
Pontífícia
de
Salamanca
Se
cumpli-
miento
a
las
prescripciones
de
los
numeras
seis
y
siete
del
MINISTERIO
EDUCACION yCIENCIADE
12764
RESOLUCION
de
la
Confederación
Hidrográfica
del
Sur
de
España
por
LO'
que
se
fija
fecha
para
el
le·
vantamiento
de
actas
previas
a
la
ocupación
de
la
finca
que
se
cita.
Declaradas
implícitamente
de
urgencia
las
obras
prelimi-
naras
para
la
presa
de
El
Limonero,
en
término
municipal
de
Málaga,
por
venir
comprendidas
en
el
apartado
d)
del
ar-
tículo
20
de
la
Ley 194/1963,
de
28
de
diciembre,
aprobando
el
Plan
de
Desarrollo
Económico
y
Social
y
prorrogado
por
Decret!()-ley
15
de
junio
de
1972,
e
incluidas
en
el
programa
de
inversiones
públicas
del
Ministerio
de
Obras
Públicas,
esta
Dirección
Facultativa,
en
uso
de
las
atribuciones
que
le
con-
fiere
el
artículo
98
de
la
vigente
Ley
de
Expropiación
Forzosa
y
de
conformidad
con
lo
previsto
en
el
artículo
52.
de
la
misma,
que
regula
el
procedimiento
de
urgencia,
oonvoca
a
los
pro-
pietarios
afectados
por
estas
obras,
según
la
relación
que
se
reseña
a
continuación,
para
que
comparezcan
el
próximo
día
13
de
jullo
de
1976,
a
las
once
horas
de
la
mañana,
en
el
Ayuntamiento
de
Málaga,
donde
se
procederá
al
levantamien-
to
de
la.s
actas
previas
a
la
ocupación,
pudiendo
los
interesa-
dos
venir
acompañados
de
un
perito
o
de
un
Notario
si
asi
lo
desean.
12765
REAL
DECRETO
1531/1976.
de
21
de
mayo,
por
el
que
se
reconocen
efectos
civiles
a
los
estudios
de
la
Facultad
de
Ciencias
Politicas
y
Sociologia
(Sección
de
SociologtaJ
de
la
Universidad
Pontificia
de
Sa-
lamanca.
De
C<Jnformidad
can
lo
establecido
en
el
COnvenio
entre
la
Santa.
Sede
y
el
EstadQ
español,
de
cinoo
de
abril
de
míl
nove·
cientos
sesenta
y
dos,
en
aplicaCión
del
articulo
treinta
y
uno
del
ConCOlTdato de
veintisiete
de
agosto
de
mil
novecientos
Cin-
cuenta
y
tres,
sobre
reconocimiento
de
efectos
civiles
alos
estu-
dios
no
eclesiásticos
cursados
en
EsPaña
en
Universídades
de
la
Iglesia,
y
de
acuerdo
con
lo
prevenido
en
la
disposición
adic.i.onal
y
en
el
artículo
dos
de
dicho
Convenío.
A
propuesta
del
Ministro
d6
Educación
y
Ciencia,
con
el
inforIllP
favúrable
de
la
Junta.
Nacional
de
Universidades
y
pre-
vie.
deliberaCión
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
veintiuno
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
yseis,
Lo
que
.se
hace
púbiico
en
cumplimiento
de
los
indicados
pre-
ceptos,
significando
a
los
interesados
incluidos
en
la
relaCión
que
figura
a
continuación,
así
como
a
las
personas
que
síendo
titu-
lares
de
derechos
reales
o
intereses
económicos
sobre
los
bíenes
afectados
se
hayan
podido
omitir
en
dicha
relación,
que
a
partir
de
los
ocho
dtas,
contados
desde
aquel
en
el
que
tenga
lugar
la
publícadón
de
este
anuncio
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado""
se
procederá
por
el
representante
de
la
Administración
al
levan-
tamientode
las
aetas
previas
a
la
ocupaciáD.
de
las
fincas
afectadas,
para.
cuyo
acto
serán
individualmente
notificados,
por
correo
certificado
y
aviso
de
recibo.
pudiendo,
en
el
tiempo
que
media
entre
la
publicación
y
el
levantamiento
de
las
actas
previas
a
la
ocupe.ci6n,
hacer
mediante
escrito
las
observaciones
que
estimen
pertinentes.
al
sólo
efecto
de
subsanar
posibles
errores
cometidos
al
relaciOnar
loo
bienes
y
derechos
que
se
afectan.
Gerona,
22
de
mayo
de
1976.-El
Ingeniero
Jefe,
M.
Gómez
Herre-ro.--4.310-E.
Número
de
la
finca:
1.
Propietario:
...
PatrimOnial
y
Financiera.
Hefer,
S.
A.,.,
calle
Riber6,
número
2,
Barcelona.
Te1'reno:
Cla-
00,
solar-pinar;
superficie,
2.500
metroo
cuadrados.
RESOLUCION
de
la
Jefatura
Provüldal
de
Carre.
t~ra~,
de
Gerona
relativa
"-1
expediente
de
expro-
putc¡.on
forzosa
para
ocupación
de
fincas
con
motivo
de
la
ejecución
de
las
obras
del
proyecto
de
Cen-
tro
Operativo
de
Via.lidad
Invernal
en
Tosas
tér-
mino
municipal
de
Alp
(provincia
de
GerondJ.
S:0n
aprúbación
definitiva
por
la
superioridad
en
fecha
30
de
a~):'il
do
1~76_
y
de
SU
expediente
informativo,
y
siendo
de
aplica-
c109
e~
parrafo
b)
del
artículo
42
del
Decreto
154111972,
de
15
d?_
,::
limo,
por
el
qUe
Be
aprueba
el
texto
refundido
de
la
Ley
del
'Ylg<c~t~
Plan
de
Desarrollo
Ecún9ffiico y
Social,
se
consideran
Impllclta-s.
~a.s
declaraciones
de
utilidad
pública. y
urgencía
para
la
ocupac1on
de
los
bienes
y
derechos
afectados;
con
los
efectos
ql\~~':,(:,
establecen
erl;
~os
artículos
52
de
la
Ley
de
E\pl.'Opiación
Fol
",'--sa
de
16
de
diCIembre
de
1954
y
56
Y
síguientes
del
Re--
gl,wwnto
para
su
aplicación
de
26
de
abril
de
1957.
que
conste
el
cumplimiento
de
estas
oondiciones,
sin
que
pueda
comenzar
la
explotación
antes
de
aprobar
este
acta
la
Direc-
ción
General
de
Obras
Hidráulicas.
Quinta.-Se
concede
le.
ocupación
de
los
teTreDOS
de
dominio
público
necesarios
para
las
obras.
Las
servidumbres
legales
se~
rán
decretadas.
en
su
caso,
por
la
autoridad
competente.
Sexta.-El
agua
qUe
Be
concede
queda
adscrita·
a
los
usos
especificados.
quedando
prohibido
SU
enajenación.
cesión
o
arriendo
con
independencia
de
aquéllos.
Séptima.-La
Administración
se
reserva
el
derecho
de
tomar
de
la
concesiÓn
los
volúmenes
de
agua
qUe
sean
necesarios
para
toda
clase
de
obras
públicas,
en
la
forma
que
estime
con
vcniente,
pero
sin
perjudiowr
las
obras
de
aquélla.
Octava.-Esta
concesión
se
otorga
por
un
pla'liO
de
setenta
y
Cinco
años,
contado
a
partir
de
la
fecha
de
levantamiento
del
acta
de
reconOCÍmiento
final,
sin
perjuicio
da
tercero
y
salvo
el
derecho
de
propiedad,
ron
la
obUgaClón
de
ejecutar
las
obras
necesarias
para
conservar
o
sustituiT
las
servidumbres
exis~
tentes.
Novena·-Esta
concesión
queda
sujeta:
al
pago
del
canon
que
em.
cualquier
momento
pueda
establecerse
por
el
Ministerio
de
Obras
Públicas,
con
motivo
de
168'
obras
de
regulaCión
de
la
corriete
del
tia
realízadas
POr
el
Estado.
Décima.-Queda.
sujeta
esta
concesión
a
las
disposiciones
vi-
gen:8s
o
qUe
se
dicten
en
lo
suceSivo,
relativas
a
la.
industria
Inc~onal,
COntTato
de
trabajo.
Seguridad
Social
y
demás
de
caracter
laboral,
adminiStrativo
o
fiscal.
ance.-El.
concesionario
queda
obligado
a
cumplir
tanto
&O
la
construCCión
ooJ!l-o
en
la
explotación,
las
disposiciones
de
la
Ley
de
PeSCa FlUVial
para
.conservación
de
las
especies.
Doce.-El
depósito
constituido
quedará
como
fianza
a
res-
ponde::
del
cumplimiento
de
estas
condiciones
y
será
devuelto
desp-ues
de
ser
aprobada
el
acta
de
reconocomiento
final
de
les
obras.
T~e~e.-Caducará
esta
concesión
por
incumplimiento
de
estas
condICIOnes. y
en
los
casos
previstos
en
las
disposiciones
vigen-
tes,
declarandose
aquélla
según
los
trámites
señalados
en
la
Ley y
Reglamento
de
Obras
Públioos.
·Lo qUe
se
hace
pú.blico
en
oumplimiento
de
las
disposiciones
ngentB8.
·
~ad~d,
22
de
abril
de
1976.-El
Directo)'
general.-P.
D"
el
COlUlsano
central
de
Aguas,
José
María
Gil
Egea.
RESOLUCION
de
la
Dirección.
General
de
Puertos
y
Señal~s
~arítimas
por la
que
se hace publica
la
autonz~c~ón
otorgada a
la
"-Compañia
Auxiliar
de
Comercwy
Navegación.,
S. A
.•
(AUCONAJ,
para
la
construccIón
de
un.
edificio
para
venta
de
bille-
tes
de
pasajeros
y
vehículos
de
embarque
en
el
muelle
de
La
Galera,
del
puerto
de
Algeciras~La
Linea.
E~
.ilustrísimo
señor
Director
general
de
Puertos
ySeñale;s
Mant~mas
en
uso
de
las
facultades
delegadas
por
Orden
,mi-
"'mstenal
de
19
de
septiembre
de
1955
(
..
Boletín
OfiCÍal
del
Estado»-
de
26
de
septiembre),
ha
otorgado,
con
fecha
12
de
febrero
de
1974,.a
...
Aucona»
una
autorización,
cuyas
características
.son
las
SIgUIentes:
Provincia.:
Cádiz.
·
Zona
del
muelle
de
La
Galera
del
puerto
de
AIgeciras-La
Lmoa.
Dest~o:
Construcción
de
un
edificio
para
ven
ta
de
billetes
de
pasajeros
y
vehículos
de
embarque.
Plazo
concedido:
Veinte
años.
C!áu.sula
adicional:
El
concesiona.rio
deberá
mantener
abi&rto
a~
publIco,
.tm
~a
momento,
el
número
de
taquillas
que,
a
jui-
CIO
de
la
DireCCIón
del
puerto,
se
estimen
necesarias
para
evitar
la,:;
aglomeraciones
de
pasajeros
y
vehículos.
.
Lo
ql!-e
se
hace
público
para
general
conocimiento,
Madrid,
23
de
abril
de
1976.-El
Director
general
Sabas
MOhn.
'
B.
O. íiel
E.~iím.
158
2
julio
1976'
12979
_
JUÁN
CARLOS
JUAN CARLOS
El
MInistro
de
iduOQción y
Ciencia,
CARLOS R()BU:S PIQUER "
El
MinIstro
de
Educación y
Cien<:1&,'-
CARLOS ROBLES'
PIQUES
ORDEN
de
3Q
de
marZD
de
1976 pOr la
que
se'
12769
autoriza
la cre.act6n
de
Centros
no
estatales de
For·
mación
profesional
que
se
indican.
Ilnio.
Sr.:
'Vistos
-los
expedientes
incoados
'para
resolver
las
.olicitudes
de
autorización
definitiva
de
creación
da
l()s
Centros
no
estatales
de
Formación
Profesiona.l
detallados
en'
el
anexo
de
la
presen~
Orden,·
y
,
12768
ORDEN:
de
29
de .ma'rzo
de
1978
por
la
que
se
auto·
- .
ri~
la
.oreaciónde
Centros-
no
estatales de
Forma-
ctón Profe8tona.l que
se
indical'l.
Ilmo. Sr.: Vi,stós
los
expedientes
mcoMOS
para
resolver
lus
solicitud.es
de
autorizac\(lIi
definitiva
de
creación
de
los
Centros
no
estatales
de
Form:aclón
Profesional
detallados
en el
anexo
de
la
pr.esente
O~n,
Y.
t '
R-esultandoque
tales
'expedientes
han
sida
tramitados
yele-
vados
por
las'
respectivas
D&legaciones
Provinciales
del
Depar-
tamento,
8Om:npatiadós
d.á
los
informes
preceptivos; ,
Vistos
'la
Ley
Geneni.l.
de
Educación
de4
de
agosto
de
1970.
el
Decreto 1855/197+, 'de 7
de
·juniO,. ydemQ.s disposiCiones
de
general
aplicac1óu; . , . ,
Teniendo
en
cuenta
que
Em'
los
expediEmtes
indicados
.se
cum-
plen
los
requisitos
exi·gidos
por
el
reseñado
Decreto
y
normas
ooncordaI1tes.
Y'
que,
según
l-os. tnfoÍ'mes
unidos
a.
los
mismos,
procede
canoeder las' autorizaoiones
definitivas
para
la
creación
de
IQs
Centros
no
estatales
de
Formación
Profesional
a
que
se
refieren,
Eate
Ministerio,
a
propuesta
de
la
Dirección
-Gen9r~1
de For-
mación
Profesit)llal,
ha
I1eSuelto: .
,..Primero.-Conced.er
la.
aúto.rizacióndefinitiva
a
que
alude
el
$l'ticulo
10
del
D~cretO
.185S11974,. -de
de
jl,lD.io.
para
crear
los
C.mt¡loano
estatales
de Fi?rmación.
Profesional
.que se
detallan
en'el
anexo.
de
esta-
Otden.
COn
el
nivel,
ramas,
profesiones.
espe~
cialidadies y
olasiftcaciónque
~
cada
utlO
deelIGs
se
espe·
cifica.
, .
...
Segundo.~.cuadrode,
Profesores
•.
así
como.
'Ioselemerttos
materiales
de
instalación,
didácticos.
y
demás
necesarios,
habrán
-de
ser
.'Jtlántentdos,
en
todo
momento,
dentro
de-
lo
que
exijah
las
disposiciones
vigentes
sobre
.1&
'materia,
para
asegurarla.
eti~
de
las ense:ftanzas
autorizadas
conforme
al
nivel
reca-
·-nocido.
.,'-
...
Tereero
.
...:..La
·obtlgada adSCriQciÓll -de
los
Centros
de,
primer
grado.
incluidos
.&n
el
aJ).8XO,
a
uno
estatal
u,homologado,
será
acordada.por
las
Delegac;ionespara
su
oportuna
anotación.
~
digo
aV. i.
para
su
conocimientO ye-fectos.
D10S
~arde
aV.
l.
'
Madrid,
29
de
rnarzq.
de
1976.-P.
D.,
el
Subsecretario,
Ma~
nuel
OUv-enc18"
Ruiz.·
. '
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Formación
Profesiona.!.
.ANEXO
QUE
SE
CITA
Prcwmcia.de
Guipú.zcoa
Localidad,
San
Sebastlán.
,
DomicUo:
Barrio
Ateg-orrietarV1lla
Jur.
DenQminación:
«Centro
de
Estudio.s
Administrativos_.
Titular:
Fundación
Universitaria'
san
Pabl9.
capacidad,
300 pIlelltos.
Nivel,
Primer
gradd.
Ensefianzas
autorlzadalk
Rama.
administrativa.
y
comercial
(profesiones: Admlnf8tratt1va ySecretariado).
Provincia
de
lVavarra
Localidad:'
~p1ona:.
.
Domic\io:.Calta
Mayor;
n1imero
58.
Denominación:
«Academi&
Lockhart-.
Titular:
Don
Carlos
Azpilicueta·Sola.
Capacidad:'
120 puestos.
Nivel:
Primer
grado.
Ense.p.anzas
·autOrtzadas:Rama
administrativa
y.
comercial
(profesión: Ad1rrlnistrativa).
Localidad,
Tui:le1'a.
Domic1l1o:
Calle
Fernández
Portolés. 1.
Denomina.ci.6n: «NUestra
$afiara
del
Rosarlo-.
--Titular:
Cong~ga.ción
de
Religiosas
Dominicas
de
la
Anun-
elata. .
.'
-
capacidad:
120
pue.s-tos.
Nivel:
Primer
grado.
Ense:n.an~'
autorizadas:
:aa.ma
administra.tiva
y'
comercia.l
(profesión:
Adm.in~straUva).
_
Provincia.
de
.
~ontevedra-
~lidad,
Viga,
.
DomicUo:
Calle
JOSé
Antonio,
número
.9L
Denominatión:
e
..
E.
B'.
E
..
M.-F. 'P.. 's.' L
..
Titl11ar,
C,
E.
ll,
E.
M,'F.
P
..
S,
L.
Capacidad,
400
p""etos.
Nivel:
Primer-
grado..
'.
Ense1ianzas
~utoriz.adas:
Rama
administre:tiva·comerClal.
JuAN
CARLOS
12766
DISPONGO,
~
.ArtíClllo únlcO:-se
dáclaia
de
.interéS social,
tenor
d!
.10
establ~rdo·
en
la
Ley,
de'
qu1nce.
de
Julio
de
mil
novecientos
cincuenta
y'
cuatro.
y
en
Decretos
de
-velntidJ1CO
de
marzo
de
mil
nov~c1entos
cincuenta
Y.
cmCQ
Y
de
nuéve
de
agosto
de
mn,
novecientos
setenta
ycuatro, &
todos
'loa
efectos,
excepto
-el
de
la
expropiación
forzosa,
,.
con
el
~supueato
de
ejecuc1óJ;l- CQnsi-
derado·por
e1'Mtnlsterlo
de
~uc&ción,y.C18ncta.el
proyecto
de.
las
obras
de.
a1'hpl1aclón
del
Celltro
·tCasaAz.uJ.a.. Sito.
en
el
término.
municipal'
de-la,
Villa·
cleLaOrOtava,
en'
S~taCtuz
de
TenerU'e, que', fmpartiJ.:é,
las
ensetla-nzas, oorrespondientElS- a
un
Centre
de'
dieclsé~u::rdd.ades
>
de
.E.
G.
B.,
seis'
UIüdBdes
de
ll. 'U.
P;y
iIosunldOdes
de
C.
0,
U.,
con
un
tote!
de
no-
V8Cientoásesenta
puestos
esco~s,
ql)e. ha:
sido
prpmovidp,por
don
.
EmllioR\1~'Ga:reía,
en
su
col'ldldón
de
Preslden~
de.
la
ea-ratl,.,.
,de
Enseñanza
..Q!eaAsU}'.
~os
etectas':deeste··Decreto
se:;habtAnde
entender
condicio-
nados
tlI1
la..
r.&y.
.c:atoroe:9
mil'noveclentol
setenta.
de
cuatro
_de
agosto,
..
Gen~ralde.
Educación
y
Financiamiento
de
la
ReCor-
ma
Educatl'f'a,
.y
disposiciones
que,
la
desarrollen.
Dado
en
Madrid.
a-
vein:tlUno
de
mayo
de
mil
novecientos
set~nta
y
seis.
'
DISPONGO,
Artículo,
único.-,.$e.,declara
de
interé$
social
preferente,
a
tenor
de'
lo'establecido
en
1&
Ley 'de
quince
~e,
luUode'
mil
nov€cientoBctneuenta
ycua.tro, y
en
Oecretos
de
veinticinoo
de,
marZo
deqil1-'
novecientos
ciJleue.nta. ycinOOY
de
nQ~Q
de.
eaosto
de
n;úl,nov!c=.lentos
setenta
y
cuatro.
a,todos
los
electos, -excePto
el
de
l~
expropiaCión forzosa"
1.
con
el~supuesto
de
ejQCuclón-
consJderado'pox
,el
Ministerio:
de
':Eduéacfón yCiencia, _
el
pro-
yecto
lie;las
obras
.~e
construcción
del
Centro
cl.ocente «Zubi-
_,
'sU<>
en
la
calle lturribarrl.
en
Ondárt'\l&' lVlzcayaJ,
que
impa.rt1,rá ,las .ense,ñanzas corres])fJndiéI¡.tes
aun
Centro,
de
dieciSéis.
un"dedes
-de
Educación
Gellel'al'lJásica
y
cuatro
de
Preescolar~wn
Un
'tG~
deócboc:lentos
puestos
escolares, 7
que
1m
slM
PrQmovldo
'por
d""J_s
Maria
Urrestl
Arresplde,
aetu~o
ei
.•
u
c:o-ndlCión
de
Presidente .
de
la,
Cooperativa,
de
Ensellenza .E~ntla.
If
DIreCtor
del
c1l<!odo
Centro. '
Los efectos,
d&
este
Decreto
se-habrAn
de
entendér
'condicio-
nados
a19
estab1e'c1cte:e11
la
Ley'
éatói'é::e-
de
mil
novecientos
setenta,:deeua-tra
de
agoato,.
General
de
EdQ.cad.ón
'y
Financia-
miento
de
la
·lleforma
Educativa, ycUsp061dones
que
la
de·
arrollen.
.,
_ ' "
.•
Dado
en
Madrtda
veintiuno
de
maye
·-de
mil·
novecientcsse-
'-
tenta
y-seis. _
12767
REALDEGlIETO
-1M3/lIi?8,
de
21
de
mayo,
por
el
Que
Be
declara
49
tnter'.
Boctdl
el
proyecto
de
la,
obras
de
ampltactón.
del
Oentro
.,Casa Azul_.
Bito
-en
el
térmitlQ
mu~ictpa.lde
la
vma
de
La
Oro-
fayo.
en
Santa-
.P~
de
Te~rife.
Eu-
virtud.de
expediente
reglament.no,
a
propuesta
del
M1~
JPstro
de
Educación
yCieJ;;lcfa
yprevra
deliberación
del
~nseio
de
Ministros
en
su
reunión
deldia
veintiuno
de
,ma.yo
de
mU
novecientos
setenta--y
seiS";
El
Ministra
de
'Educact6n
¡y
Ciéncia,
CARLOS ROBLES
,PIQUER
REAL
D'EeRETO 1532/l918, de
'2]
de
mayo,
por
,el
que
s6
declara
-de
tntert88ocial'
Dre/erente
el
'pro-
yecto.
de-
l4s,
obras
de-construcción
del
Centro
do-'
cente
"ZubiwZrma.r... sito
en
la
éalle
lturrtbarri.
en
Ondárroc
fVlaC4ya).
_
En
virtud
del
expediente
"reglam~mt&rio.
a
propuesta
del
MI-
nistro
de
Ed.ucacl6n yCieneIa y,previa
~el1berac1ón
del
Con~
seJo
de
Ministros,'en
su
r8unióndél
día
'veintiuno
dé·
mayo.
de
}mU
,l'!0veeientos· -setenta, -Y seis. '.
.articulo
quinto
del-COnvenio sobre
régimen
de
pr<lt6lCción
~Scolar
y
régimen
oorpoiativo
estudiantil.
"
'-~
Articulo
'klroero.-Se'
autoliza
&1
Mimst,erjo
de
-Ed'Ucacióny
Ci'encia
p8.radlctar
cuantas
d1sPOJllc1ones
sean
,necesarias
para
la
aplica.éión,del
presente
Deor'eto,'
asf
como
en
'relaciónoon
los
'cambi~
que
puedan
producirse'
en.
el
f~,turo
conforme
a
10
previsto
en
·el
-articulo
octavo
del
Convenio.
Dado
en'
Madrid
á
veintiuno
de
mayo
de
mil
novecientos
se-
te¡nta y
seis:
~

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