SAP Madrid 132/2008, 19 de Febrero de 2008
Ponente | JOSE LUIS ZARCO OLIVO |
ECLI | ES:APM:2008:3344 |
Número de Recurso | 15/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 132/2008 |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00132/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7026738 /2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 15 /2007
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1219 /2004
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de MADRID
De: OCASO,S.A.
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Contra: HELVETIA PREVISION, S.A., C.P. CALLE DIRECCION000 NUM000
Procurador: JOSE MANUEL DORREMOCHEA ARAMBURU, SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
SENTENCIA
En Madrid, a diecinueve de febrero de dos mil ocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta
por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado HELVETIA PREVISIÓN S.A., de otra, como demandado-apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000, NÚMERO NUM000 DE MADRID, y de otra, como demandado-apelante SEGUROS OCASO S.A.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 7, de los de Madrid, en fecha veintidós de febrero de dos mil seis, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO la demanda de juicio verbal interpuesta por el Procurador D. José Manuel de Dorremochea Aramburu, en nombre y representación de la mercantil Helvetia Previsión S.A. debo CONDENAR Y CONDENO a los demandados Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, y Ocaso S.A. Cia de Seguros y Reaseguros a que, tan pronto se a firme esta Resolución, abonen solidariamente a la parte actora la cantidad de 630,25 Euros, con mas intereses legales desde la fecha de interposición judicial de la demanda e imposición de las costas procesales causadas.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha doce de enero de 2007, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día trece de febrero de dos mil ocho.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los siguientes.
Por D. Guillermo Navarro Beña, como legal representante de Ocaso S.A., se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de los de Madrid, que estimó la demanda presentada por la mercantil Helvetia Previsión S.A. contra aquella y contra la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM001 de Madrid, en la que solicitaba que se condenase a las demandadas a pagar a la actora la...
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