SAP Madrid 132/2008, 19 de Febrero de 2008

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:2008:3344
Número de Recurso15/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución132/2008
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00132/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7026738 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 15 /2007

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1219 /2004

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de MADRID

De: OCASO,S.A.

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra: HELVETIA PREVISION, S.A., C.P. CALLE DIRECCION000 NUM000

Procurador: JOSE MANUEL DORREMOCHEA ARAMBURU, SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a diecinueve de febrero de dos mil ocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta

por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado HELVETIA PREVISIÓN S.A., de otra, como demandado-apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000, NÚMERO NUM000 DE MADRID, y de otra, como demandado-apelante SEGUROS OCASO S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 7, de los de Madrid, en fecha veintidós de febrero de dos mil seis, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO la demanda de juicio verbal interpuesta por el Procurador D. José Manuel de Dorremochea Aramburu, en nombre y representación de la mercantil Helvetia Previsión S.A. debo CONDENAR Y CONDENO a los demandados Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, y Ocaso S.A. Cia de Seguros y Reaseguros a que, tan pronto se a firme esta Resolución, abonen solidariamente a la parte actora la cantidad de 630,25 Euros, con mas intereses legales desde la fecha de interposición judicial de la demanda e imposición de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha doce de enero de 2007, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día trece de febrero de dos mil ocho.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los siguientes.

SEGUNDO

Por D. Guillermo Navarro Beña, como legal representante de Ocaso S.A., se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de los de Madrid, que estimó la demanda presentada por la mercantil Helvetia Previsión S.A. contra aquella y contra la Comunidad de Propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM001 de Madrid, en la que solicitaba que se condenase a las demandadas a pagar a la actora la...

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