SAP Madrid 181/2007, 20 de Marzo de 2007

PonenteJUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZ
ECLIES:APM:2007:294
Número de Recurso750/2005
Número de Resolución181/2007
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00181/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 750 /2005

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

JULIO CARLOS SALAZAR BENITEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a veinte de marzo de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 648/2003, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 2 de VALDEMORO, a los que ha correspondido el Rollo 750/2005, en los que aparece como parte apelante Santiago, representado por la procuradora Dª MARIA JOSEFA SANTOS MARTIN, y como apelado Carlos Jesús y Carmen, representado por el procurador D. ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Valdemoro, en fecha 28 de enero de 2.005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por Santiago contra Carlos Jesús y Carmen, con costas a la actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los de la presente, debiendo completarse en lo necesario con los que exponemos a continuación.

PRIMERO

Se ejercita en el presente procedimiento una acción exigiendo la devolución de la cantidad de 3.005 euros que se corresponden con la cantidad que el demandante entregó en concepto de señal por la compra de un piso propiedad de los demandados. En el momento de dicha entrega se acordó, entre otros extremos, que en el supuesto de que la compra no pudiera efectuarse por causas no imputables al comprador, le sería devuelta la cantidad entregada, situación que entiende se produjo cuando al comparecer a otorgar la escritura pública se le advirtió por el Notario autorizante que existía un asiento de presentación de anotación preventiva de embargo sobre el inmueble en cuestión.

La sentencia de primera instancia desestimó la demanda y frente a dicho pronunciamiento se interpuso el presente recurso de apelación por la parte demandante, articulando el mismo en base a los siguientes motivos de impugnación:

La sentencia desestima la demanda de modo incomprensible, por cuanto partiendo de que el actor ha cubierto su carga de prueba, afirma igualmente que no ha probado que a partir de la fecha en que comparecieron para otorgar la escritura pública hasta la finalización del plazo fijado para ello existieran causas...

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