El complemento por maternidad: ordenación deficiente y corrección del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

AutorFrancisca Moreno Romero
CargoUniversidad Complutense de Madrid
Páginas147-158
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 25 (4º Trimestre 2020)
Estudios de Doctrina Judicial ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepci ón: 15-2-2020 Fecha Revisión: 5-4-2020 Fecha Ace ptación: 8-4-2020
Pag. 147-158
147
El complemento por maternidad: ordenación deficiente y corrección
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
The maternity allowance: poor management and correction of the
Court of Justice of the European Union
Resumen
Abstract
El mal llamado complemento por maternidad, que nació
en el año 2016 con ordenación y financiación sumamente
criticadas por todos, llevaba inserto el sello con la fecha de
su probable defunción. Ese día parece haber llegado con la
publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea, de 12 de diciembre de 2019 (asunto
C-450/18), que ha determinado que la norma es contraria
al Derecho de la Unión en razón a que constituye una
discriminación directa para los hombres pensionistas con
dos o más hijos, biológicos o adoptados. Ahora solo falta
que el gobierno suspenda su aplicación y reelabore su
contenido. En el presente trabajo, se analiza la sentencia
referida, así como toda la problemática que ha surgido en
torno al complemento por maternidad durante los años de
su aplicación, lo que da una idea de sus diferentes
dimensiones, no siempre coincidentes y no siempre
justificables.
The poorly named maternity allowance, which was
launched in 2016 and whose planning and financing
was highly criticised by all, was stamped with the
date of its probably demise. That day seems to have
arrived with the publication of the judgment of the
Court of Justice of the European Union, of 12
December 20 19 (Case C-450/18), which found that
the rule is contrary to Union law on the grounds that
it directly discriminates against male pensioners with
two or more children, whether biological or adopted.
Now al l that remains is for the government to
suspend its application and rework its content. In this
work, the above-mentioned judgment is analysed, as
well as all the problems that have arisen surrounding
the maternity allowance during the years of its
application. This gives an idea of its different
dimensions, which are not always coincidental or
justifiable.
Palabras clave
Keywords
Complemento de maternidad; discriminación por
razón de sexo; brecha pensionable
Maternity allowance; sex discrimination; pension gap
1. NACIMIENTO, MALA IMAGEN Y ANUNCIADA MUERTE DEL COMPLEMENTO
POR MATERNIDAD
La disposición final segunda de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2016, añadió al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, el artículo 50 bis por el que, con
efectos de 1 de enero de 2016, se introdujo en la acción protectora del sistema la Seguridad Social el
complemento por maternidad por aportación demográfica a la Seguridad Social, aplicable a las
pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente de las que sean titulares
las mujeres que hayan tenido dos o más hijos biológicos o adoptados, en los términos previstos en el
referido precepto. La ordenación del complemento está hoy recogida en el artículo 60 del
LGSS.2015, (LGSS o TRLGSS).
La ordenación contenida en el artículo 50 bis del TRLGSS.94 se ha integrado como artículo
60 del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (TRLGSS.15). En los términos de la Enmienda n.º 4.242 del
Grupo Parlamentario Popular a la LPE.16 que dio origen a la incorporación del complemento por

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