ORDEN FAM/382/2009, de 20 de febrero, por la que se complementa el régimen de los anticipos de las subvenciones gestionadas por la Gerencia de Servicios Sociales mediante convocatoria pública.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/382/2009, de 20 de febrero, por la que se complementa el régimen de los anticipos de las subvenciones gestionadas por la Gerencia de Servicios Sociales mediante convocatoria pública.

El artículo 37 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de esta Comunidad permite realizar pagos anticipados en las subvenciones a conceder mediante convocatoria previa o con arreglo a normas específicas siempre que en las bases reguladoras se prevea esta posibilidad junto con las garantías exigibles en cada caso. Las previsiones concretas al respecto deben ser autorizadas por la Consejería competente en materia de Hacienda, salvo que se incardinen en alguno de los supuestos descritos en el apartado 2 de este artículo. Esta opción última opción se descartó por insatisfactoria al elaborar las Órdenes que adaptan las bases reguladoras a los cambios en la normativa que suponen la precitada Ley y otras disposiciones aprobadas después de dichas bases, pues en los casos delimitados en los apartados a) y b) de esta disposición, solamente podía alcanzar el anticipo el 50%.

Por ello, al tiempo que se procedía a la actualización de esas bases reguladoras, se solicitó de la Consejería de Hacienda mediante un informe propuesta la autorización de un régimen de anticipos distinto, obteniéndose respuesta favorable en su Informe de referencia 40-09 y fecha del 9 de febrero de 2009, posterior a la publicación de las Órdenes que modifican las bases reguladoras y que, obviamente, éstas no pudieron tomar en cuenta.

En consecuencia, de conformidad con los términos de la autorización otorgada por la Consejería de Hacienda en respuesta al informe propuesta antes mencionado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1 de la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administración de esta Comunidad DISPONGO:

Artículo 1 º Objeto de esta Orden.

El objeto de la presente Orden es complementar las previsiones sobre pagos anticipados en las subvenciones cuya gestión corresponde a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y se conceden mediante de convocatoria pública, cuyas bases reguladoras son las Órdenes de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que se citan en...

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