SAN, 11 de Mayo de 2005

PonenteJOSE LUIS SANCHEZ DIAZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
Número de Recurso1364/2001

ELISA VEIGA NICOLEJOSE ALBERTO FERNANDEZ RODERAMARIA ISABEL PERELLO DOMENECHCARLOS LESMES SERRANOJOSE LUIS SANCHEZ DIAZ

SENTENCIA

Madrid, a once de mayo de dos mil cinco.

Vistos los autos del recurso contencioso administrativo nº 8/1364/01 que ante esta Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido la Procuradora Dª

MAGDALENA CORNEJO BARRANCO en nombre y representación de TELEFÓNICA ESPAÑA S.A.U., frente a la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado

contra Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. (que después se

describirán en el primer fundamento de Derecho) siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE

LUIS SANCHEZ DIAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo, mediante escrito presentado en fecha 15 de Junio de 2001, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha de 25 de Septiembre 2.001, y con reclamación del expediente administrativo.

El 27 de Julio de 2001 se solicitó por Telefónica de España, S.A.U. la acumulación del presente recurso a la Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de fecha 16 de Julio de 2001, 2 de Octubre de 2001 a lo que se accedió por Auto de 3 de Diciembre de 2001, ampliandose posteriormente a otra de 16 de Noviembre de 2001 por Auto de 24 de Febrero de 2003.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó demanda, mediante escrito presentado el 14 de Marzo de 2.003, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de las resoluciones recurridas.

TERCERO

La Sra. Abogada del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 8 de Abril de 2.003, en el cual, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Por Providencia de esta Sala, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 19 de Abril de 2.005, en el que se delibero, votó y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso las Resolución del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de forma acumulada y fechas 4 de Junio de 2001 por la que se resuelve el recurso de reposición contra Resolución de 4 de Mayo de 2001; y las de 16 de Julio, 2 de Octubre y 16 de Noviembre de 2001, por las que se vuelve a solicitar nueva documentación sobre las relaciones entre Telefónica de España y los miembros de la Asociación de Operadores de telefonía. Por la...

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