Decreto 24/2014, de 03/04/2014, de regulación de las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Abril de 2014 |
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Educación, Cultura y Deportes |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 31 del Estatuto de Autonomía establece las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma, fijándose en su apartado 16ª la competencia exclusiva en materia de patrimonio monumental, cultural, artístico y arqueológico y otros centros culturales de interés para la región, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 28 apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, y en su apartado 17ª el fomento de la cultura y de la investigación, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 2 del artículo 149 de la Constitución, prestando especial atención a las distintas modalidades culturales de carácter regional.
En virtud de los citados títulos competenciales se promulga la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, que ha regulado la conservación, protección y enriquecimiento del patrimonio cultural existente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Dentro de lo establecido por esta ley, se regula en su artículo 6 las instituciones que tienen funciones consultivas en materia de patrimonio cultural, citándose entre ellas a las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural. Según la disposición final primera de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, mientras el artículo 6 no sea objeto de desarrollo reglamentario las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico, cuya composición y funcionamiento están reguladas por el Decreto 165/1992, de 1 de diciembre, continuarán denominándose y regulándose conforme lo establecido en el citado Decreto.
Teniendo en cuenta la nueva regulación realizada se hace necesario dotar a las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural de un marco jurídico, avanzando en la regulación existente de las antiguas Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico, dándoles a las nuevas Comisiones un carácter eminentemente consultivo más acorde con la actual regulación.
La disposición final cuarta de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que realice el desarrollo reglamentario de la citada Ley.
Atendiendo a lo expuesto, el presente Decreto crea las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural y regula su funcionamiento, en el marco de las competencias establecidas en los artículos 31.1. 1ª, 16ª y 17ª del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
El Decreto se estructura en siete artículos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una disposición final.
A propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, de acuerdo el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de Abril de 2014, dispongo,
Este Decreto tiene por objeto regular las Comisiones Provinciales del Patrimonio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba