Comentario a la resolución nº4117/2020, de 24 de julio de 2023 del Tribunal Económico-Administrativo Central, sobre las prestaciones de servicios a través de sociedades simuladas

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El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su resolución nº 4117/2020 de 24 de julio de 2023, ha cambiado de criterio en la determinación de la base de la sanción en supuestos en los que existe una simulación societaria declarada.

Cuestión debatida

La cuestión a dilucidar es la referente a la simulación en la interposición de una sociedad. La inspección tributaria concluye que los medios humanos y materiales utilizados para la prestación de los servicios del reclamante, son los de una sociedad y los del resto de empresas a las que presta sus servicios; asimismo, el reclamante como socio y administrador de otra sociedad, supone todos los medios materiales y humanos de esta empresa, por lo que los servicios realizados por dicha sociedad deben imputarse al reclamante como rendimientos del trabajo y como rendimientos de la actividad económica.

En conclusión, los ingresos de la sociedad en la que el reclamante es socio y administrador, derivan de la remuneración del trabajo realizado o los servicios prestados por éste, por lo que la sociedad se interpone simplemente con la finalidad de obtener ventajas fiscales.

El reclamante alega que esta operativa se encuentra dentro de los límites de la economía de opción, y no constituye fraude de ley o simulación ordenar su actividad profesional a través de una sociedad. La razón de optar por esta opción deriva de la limitación de responsabilidad que ofrecen las sociedades de capital; además, se trata de una sociedad holding que aporta a las sociedades participadas servicios de gestión y asesoramiento comercial y estratégico en los diferentes sectores que operan.

Asimismo, el reclamante pone de manifiesto que la falta de ocultación conlleva la no existencia de simulación, por lo que correspondería la aplicación del régimen de operaciones vinculadas.

Concepto de simulación mediante interposición de sociedad

El Tribunal Económico-Administrativo Central establece que, a falta de una definición legal específica del concepto “simulación”, centra la cuestión en base a la constante doctrina y jurisprudencia que establece que la figura del negocio simulado, en sus aspectos fiscales, se caracteriza en que «mediante él se crea una ficción con...

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