Resolución de la consejera de Administraciones Públicas de 19 de febrero de 2014, por la que se ordena la publicación de una nueva lista definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas para el ingreso, por turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se hace pública la relación de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación, a raíz de la estimación de un recurso contencioso administrativo.

SecciónSegunda. Oposiciones y concursos
EmisorESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Rango de LeyResolución

Antecedentes

  1. - Mediante Resolución del consejero de Interior de 17 de agosto de 2006, se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 124, de 2 de septiembre de 2006).

  2. - Una vez finalizadas las pruebas mencionadas, se publicó en el BOIB núm. 48, de 31 de marzo de 2007, la Resolución del consejero de Interior por la cual se ordenaba la publicación de las listas de personas aspirantes que habían superado, entre otras, las pruebas selectivas para el ingreso en la especialidad de técnico de actividades turísticas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  3. - El 20 de septiembre de 2007, la consejera de Interior dictó Resolución por la cual se desestimó el recurso de alzada interpuesto por el Sr. Antonio Pedraza Bagur contra la valoración de los méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas; Resolución contra la cual el Sr. Pedraza interpuso recurso en vía contenciosa administrativa.

  4. - El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dicta la sentencia núm. 143 de 4 de marzo de 2012 (exp. 831/2007) por la cual se estima el recurso contencioso administrativo y se declaran inadecuados al ordenamiento jurídico los actos administrativos impugnados que se declaran nulos, y se acuerda la retroacción de las actuaciones en el momento anterior a la baremación de los méritos de los aspirantes.

  5. - La Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo dicta la sentencia de 4 de marzo de 2013, la cual desestima el recurso de casación 2587/2011, interpuesto por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears i confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia.

  6. - El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas citadas, en ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, ha valorado nuevamente los méritos de las personas que superaron la fase de oposición, en los términos de los fundamentos de la sentencia, y ha elevado a la consejera de Administraciones Públicas una nueva lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas para el ingreso por el turno libre, en el cuerpo facultativo técnico, especialidad técnico de actividades turísticas.

    Fundamentos de derecho

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