ORDEN 11/2000, de 21 de enero, por la que se clasifican las instalaciones aeronáuticas de las bases permanentes de helicópteros del Ejército de Tierra.

MarginalBOE-A-2000-1901
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

ORDEN 11/2000, de 21 de enero, por la que se clasifican las instalaciones aeron·uticas de las bases permanentes de helicÛpteros del EjÈrcito de Tierra.

El Reglamento de CirculaciÛn AÈrea Operativa, aprobado por Real Decreto 1489/1994, de 1 de julio, modificado por Orden de 16 de enero de 1998, establece la definiciÛn de aerÛdromo militar y la responsabilidad de ejercer el control de la circulaciÛn aÈrea operativa (CAO), la cual corresponde al EjÈrcito del Aire.

A fin de adecuar las instalaciones aeron·uticas de las bases permanentes de helicÛpteros del EjÈrcito de Tierra a la normativa vigente y a propuesta del Estado Mayor del EjÈrcito de Tierra, dispongo:

Primero.--Se clasifican como aerÛdromos militares las instalaciones aeron·uticas de las bases permanentes de helicÛpteros del EjÈrcito de Tierra siguientes:

Colmenar Viejo (Madrid).

Agoncillo (LogroÒo).

BÈtera (Valencia).

Almagro (Ciudad Real).

El Copero (Sevilla).

Los Rodeos (Tenerife).

DisposiciÛn final

La presente Orden entrar· en vigor el dÌa siguiente al de su publicaciÛn en el 'BoletÌn Oficial del Estado'.

Madrid, 21 de...

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