Circular 1/2011, de 26 de enero, del Banco de España, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

MarginalBOE-A-2011-2378
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorBanco de España
Rango de LeyCircular

Las descripciones de los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Banco de España están recogidas en las circulares 2/2005, de 25 de febrero; 4/2005, de 23 de diciembre; 3/2007, de 27 de julio, y 4/2008, de 31 de octubre, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y en el título V del Reglamento de la mencionada Ley Orgánica 15/1999, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, sobre creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas.

La aprobación de nuevas normas relativas a algunos ficheros y los cambios habidos en la estructura organizativa del Banco de España, en los procesos de gestión interna y en los sistemas de información correspondientes hacen necesarias la creación de diez ficheros, la modificación de trece y la supresión de cuatro.

Las modificaciones y supresiones de ficheros con datos de carácter personal recogidas en la presente Circular afectan a ficheros creados o modificados por las circulares 2/2005, de 25 de febrero; 3/2007, de 27 de julio, y 4/2008, de 31 de octubre.

Las descripciones de todos los ficheros que se crean o modifican, figuran en el anejo de esta Circular. Para aquellos ficheros que se modifican, dicha descripción sustituye a la descripción correspondiente incluida en la circular de creación o última modificación del fichero, según lo que sea aplicable para cada fichero.

Con independencia de los potenciales cesionarios que figuran en los apartados «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros», de las descripciones de los distintos ficheros, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, en la redacción dada al mismo por la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, los datos, documentos e informaciones que obren en poder del Banco de España en virtud de cuantas funciones le encomiendan las leyes tienen carácter reservado, pudiendo, no obstante, ser cedidos a las autoridades, organismos o colectivos enumerados en el apartado 4 del citado precepto.

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del mencionado artículo, el Banco de España podrá comunicar informaciones relativas a la dirección, gestión y propiedad de las entidades de crédito, así como las que puedan facilitar el control de la solvencia de las mismas y cualquier otra que pueda facilitar su supervisión o sirva para evitar, perseguir o sancionar conductas irregulares, a aquellas autoridades que tengan encomendadas funciones semejantes en Estados extranjeros.

Las «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros» de los ficheros «Formación» y «Movilidad y Desarrollo» creados por esta Circular se llevarán a cabo con el consentimiento previo e inequívoco de los afectados, de acuerdo con el supuesto contemplado en el apartado e) del artículo 34 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, como se han realizado en el caso del fichero «Selección y formación del personal» suprimido por la presente Circular.

En consecuencia, en uso de las facultades que tiene concedidas, el Consejo de Gobierno del Banco de España, a propuesta de la Comisión Ejecutiva, ha aprobado la presente Circular, que contiene las siguientes normas:

Norma primera.–Se crean los ficheros «Proveedores y profesionales del efectivo», «Estructura de las cuotas participativas de las cajas de ahorros» y «Registro de servicios de atención al cliente y defensores del cliente», cuyas descripciones, que figuran en el anejo de esta Circular, se incorporan al anejo I, «Ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable», de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, «Ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España».

Norma segunda.–Se modifica el fichero «Determinadas operaciones de efectivo» en los apartados «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento» y «Cesiones de datos».

Norma tercera.–Se modifica el fichero «Estructura de capital de entidades supervisadas por el Banco de España» en los apartados «Normativa de referencia», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento» y «Cesiones de datos».

Norma cuarta.–Se modifica el fichero «Registro de agentes de entidades supervisadas por el Banco de España» cambiando su denominación, que pasa a ser «Registro de agentes de entidades de crédito y de pago», y en los apartados «Normativa de referencia», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos» y «Transferencias internacionales de datos».

Norma quinta.–Se modifica el fichero «Registro de profesionales vinculados a sociedades de tasación supervisadas por el Banco de España» en los apartados «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos» y «Transferencias internacionales de datos».

Norma sexta.–Se modifica el fichero «Registro de titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera» en los apartados «Normativa de referencia», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos» y «Transferencias internacionales de datos».

Norma séptima.–Se modifica el fichero «Registros oficiales de altos cargos de entidades inscritas en el Banco de España» en los apartados «Normativa de referencia», «Finalidad y usos previstos», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento», «Cesiones de datos» y «Transferencias internacionales de datos».

Norma octava.–Se modifica el fichero «Servicio de Reclamaciones» en los apartados «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento», «Nivel de seguridad», «Cesiones de datos» y «Transferencias internacionales de datos».

Norma novena.–Se crean los ficheros «Gestión de la contratación», «Selección», «Formación», «Movilidad y Desarrollo», «Asuntos sindicales y beneficios sociales», «Historial social» y «Gestión de la plantilla de Supervisión» cuyas descripciones, que figuran en el anejo de esta Circular, se incorporan al anejo II, «Ficheros de carácter interno u operativo», de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, «Ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España».

Norma décima.–Se suprimen los ficheros «Proveedores y clientes de bienes y servicios no financieros» y «Expedientes del Servicio Centralizado de Contratación». Los datos de ambos ficheros han sido incorporados al fichero «Gestión de la contratación», creado por la presente Circular.

Norma undécima.–Se suprime el fichero «Selección y formación de personal». Los datos de dicho fichero han sido incorporados a los ficheros «Selección», «Formación» y «Movilidad y Desarrollo», creados por la presente Circular.

Norma duodécima.–Se modifica el fichero «Gestión de personal» segregando del mismo los datos relativos al fichero «Asuntos sindicales y beneficios sociales» creado en la presente Circular, cambiando su denominación, que pasa a ser «Administración de personal», y en los apartados «Finalidad y usos previstos», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento» y «Cesiones de datos de carácter personal».

Norma decimotercera.–Se modifica el fichero «Control de acceso y permanencia en edificios del Banco de España» cambiando su denominación, que pasa a ser «Vigilancia, control de acceso y permanencia en edificios del Banco de España», y en los apartados «Normativa de referencia», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Finalidad y usos previstos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos» y «Cesiones de datos».

Norma decimocuarta.–Se suprime el fichero «Emisión de tarjetas de identificación». Los datos de dicho fichero han sido incorporados al fichero «Vigilancia, control de acceso y permanencia en edificios del Banco de España», modificado por la presente Circular.

Norma decimoquinta.–Se modifica el fichero «Declaraciones del código de conducta del Banco de España» en los apartados «Origen de los datos», «Estructura básica del fichero y tipos de datos» y «Sistema de tratamiento».

Norma decimosexta.–Se modifica el fichero «Certificados electrónicos» en los apartados «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición» y «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él».

Norma decimoséptima.–Se modifica el fichero «Registro de entrada y salida de documentos» en los apartados «Normativa de referencia», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo» y «Colectivos o categorías de interesados».

Norma decimoctava.–Se modifica el fichero «Consultas del archivo» en los apartados «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Finalidad y usos previstos» y «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él».

Norma final.–La presente Circular entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de enero de 2011.–El Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

ANEJO

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