Circular 2/2010. Distintivos de garantía y control. Distintivos de cosecha y sin añada

SecciónVI - Administración de Justicia
Rango de LeyCircular

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen "Navarra", en la sesión plenaria de fecha 23 de abril de 2010, acordó modificar las condiciones de uso y modelos de los distintivos de garantía y control autorizados para vinos de cosecha y sin añada, en los términos siguientes:

  1. Distintivos de cosecha; diferenciación de tipos:

    A partir de la cosecha 2010 se deberán emplear distintivos diferenciados para cada tipo de vino de cosecha: blanco, rosado o tinto. Estos 3 nuevos modelos de distintivos de cosecha, sustituirán al actual modelo único;

  2. Distintivos sin añada: supresión:

    A partir del 1 de enero de 2011, las bodegas inscritas no podrán embotellar vinos con Denominación de Origen Navarra empleando los distintivos sin añada, autorizándose excepcionalmente su comercialización hasta liquidación de existencias declaradas a 30 de noviembre de 2010. Aquellos vinos que por mezcla de partidas de diferentes añadas, pierdan la certificación de cosecha, perderán automáticamente el derecho al uso de la D.O. y deberán ser...

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