DECRETO 8/2008, de 25 de enero, del Consell, por el que se regula la circulación de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 8/2008, de 25 de enero, del Consell, por el que se regula la circulación de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana. [2008/993] El patrimonio natural que forman los montes de la Comunitat Valenciana ha devenido en el más rico espacio medioambiental bajo la competencia, gestión y tutela de la Generalitat. Su conservación y defensa debe ser totalmente compatible con una utilización racional y recreativa por el conjunto de la ciudadanía.

La mejora del nivel económico ha generalizado el acceso a los espacios forestales, lo que ha permitido revitalizar la función recreativa del monte y su destino como lugar de disfrute y ocio. De esta manera, los terrenos forestales han recuperado su importancia social, una vez que antiguos aprovechamientos, hoy en día minimizados por el proceso de terciarización y los cambios que ello comporta, han dejado de ser el destino preeminente frente al medioambiental y el recreativo.

Actualmente la regulación de la circulación de vehículos por terrenos forestales se regula en el Decreto 183/1994, de 1 de septiembre, del Consell. No obstante, se hace necesario dar una nueva regulación a la circulación por los terrenos forestales, dada la proliferación de nuevos tipos de vehículos y el aumento de su número, lo que ha producido graves efectos negativos, tanto de tipo económico como medioambiental.

Así, la protección de las pistas y sendas forestales, vías de tránsito de importancia crucial para la conservación de los montes y, especialmente para la vigilancia y extinción de los incendios, deviene en el principal objetivo de la nueva regulación que introduce este decreto.

Es indiscutible el daño que se produce en los firmes no asfaltados por las rodaduras de ciertos vehículos. Esto se debe unir a la amplia reivindicación popular de disfrutar de un medio natural libre de la presión incontrolada de vehículos que circulan por pistas y sendas sin destino fijado e interfiriendo actividades como el senderismo, el paseo o el simple disfrute del medio natural.

El Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana establece en su artículo 49.1.10ª. que la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias y pastos, espacios naturales protegidos y tratamiento especial de zonas de montaña, de acuerdo con lo que dispone el número 23 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española.

La Administración forestal valenciana tiene encomendada por la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana, la regulación de la actividad recreativa y educativa en los montes, bajo el principio de armonización con la conservación y protección del medio natural, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril. En cumplimiento de esa competencia se elabora este nuevo reglamento.

Visto lo anterior, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 25 de enero de 2008, DECRETO

Artículo 1 Objeto Es objeto de este decreto regular la circulación de todo tipo de vehículos por los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.
Artículo 2 Circulación campo a través Queda...

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