SAP Madrid 88/2008, 21 de Febrero de 2008

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APM:2008:2659
Número de Recurso66/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución88/2008
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00088/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7001069 /2008

ROLLO: RECURSO DE APELACION 66 /2008

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1280 /2006

JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de MOSTOLES

Apelante/s: Jesús

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Apelado/s: MUTUA MADRILEÑA DE TAXI

Procurador: GEMMA FERNANDEZ SAAVEDRA

SENTENCIA Nº 88

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, veintiuno de Febrero de dos mil ocho.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario nº 1280/2006, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Móstoles, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 66/08, en el que han sido partes, como apelante Jesús, que estuvo representado en instancia por el Procurador D. José Antonio Sánchez-Cid García-Tenorio; y de otra, como apelados MUTUA MADRILEÑA DE TAXIS representada por la Procuradora Dña. Gemma Fernández Saavedra; D. Héctor y TALLERES HISPANO ARGENTINO ambos en situación procesal de rebeldía.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 20 de Junio de 2.007, el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Móstoles, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Jesús, representado por el Procurador Sr. Sánchez-Cid García-Tenorio, contra Mutua Madrileña Automovilista, representada por el Procuradora Sr. Chippirrás Sánchez, y contra D. Héctor y TALLERES HISPANO ARGENTINO, ambos en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno solidariamente a Mutua Madrileña Automovilista, y a D. Jesús, y subsidiariamente a TALLERES HISPANO ARGENTINO, a abonar a D. Jesús la suma de 691,64 € más el interés legal determinado en el fundamento jurídico tercero de esta resolución respecto a la compañía de seguros, sin hacer condena en costas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Jesús, que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, quien por la representación procesal de Mutua Madrileña de Taxis se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación y votación tuvo lugar el pasado día diecinueve, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

Cabe recordar que el demandante don Jesús reclamaba frente a la MUTUA MADRILEÑA DE TAXI, a don Héctor y Talleres Hispano Argentino, estos últimos en rebeldía, la suma de 6.117, 32 euros en concepto de perjuicios por el accidente sufrido el 10.6. 2005 con el vehículo de su propiedad, por causa imputable al vehículo de los demandados. No se cuestiona el hecho del accidente y la responsabilidad de la demandada única, de manera que en la primera instancia el debate se centró en el alcance de la indemnización, que la sentencia limita a 691 euros entendiendo excesivos los días que el vehículo permaneció en el taller que limita a 15 y la cuantía diaria del perjuicio, que concreta en 46,11 euros. Se alza contra la sentencia el inicial demandante.

SEGUNDO

La...

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