Resolución de 28 de marzo de 1983, de la Delegación del Gobierno en la Compañía Telefónica Nacional de España, por la que se aprueban las tarifas correspondientes a equipos, circuitos y servicios de teleinformática y transmisión de datos.
Marginal | BOE-A-1983-12322 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones |
Rango de Ley | Resolución |
La Compañía Telefónica Nacional de España ha sometido a la consideración de la Delegación del Gobierno en esa Compañía la modificación de determinadas tarifas correspondientes a equipos, circuitos y servicios de teleinformática y transmisión de datos.
Esta Delegación del Gobierno, al amparo de las facultades que le confieren los artículos 3. y 4. del Real Decreto 3332/1978, de 7 de diciembre, por el que se regula el régimen tarifario y concesional de determinados servicios de telecomunicación,ha aprobado las tarifas de los citados equipos y servicios prestados por la Compañía Telefónica Nacional de España que figuran en el documento anexo.
Estas tarifas entrarán en vigor a partir del día 1 del mes de junio de 1983.
Madrid, 28 de marzo de 1983.- La Delegada del Gobierno, Paz Fernández Felgueroso.
Tarifas aprobadas
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SERVICIOS TELEINFORMATICOS, TRANMISION DE DATOS Y ALARMAS CODIFICADAS A TRAVES DE LA RED TELEFONICA CONMUTADA (RTC)
1.1 Cuotas de conexión y traslado.
Se aplicarán las cuotas que correspondan al abono telefónico que se haya contratado, más las siguientes cuotas adicionales por la utilización de la red telefónica conmutada para servicios teleinformáticos:
* Altas o cambio de domicilio - Pesetas * Traslado - Pesetas *
Cuota por Servicios Teleinformáticos * 3.667 * (*)
(*) Se aplicarán únicamente las cuotas establecidas en telefonía para traslado, visita y actuación.
1.2 Cuotas mensuales de abono.
Aparte de las cuotas establecidas para telefonía por los servicios teleinformáticos a través de la red telefónica conmutada, se aplicarán las siguientes cuotas adicionales por utilización de la misma:
* Pesetas *
Cuota por Servicios Teleinformáticos * 896 *
En el caso de conexión de multisistemas, a los circuitos secundarios segregados de los multisistemas se les aplicarán las tarifas que correspondan, según que la configuración que se establezca sea punto a punto (2.1) y (2.2) o red de uso privado (2.3).
1.3 Servicio medido.
El cómputo del tiempo y las tarifas por paso de contador serán las que correspondan a Telefonía.
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CIRCUITOS ALQUILADOS PUNTO A PUNTO
2.1 Cuotas de constitución y traslado.
Circuitos a dos hilos:
* Altas o cambio de domicilio - Pesetas * Traslado - Pesetas *
Circuitos para transmisión de datos * 49.300 * (*) *
Circuitos de impulsos para telegrafía privada, telefotográficos y facsímil * 37.000 * (*) *
Circuitos de impulsos para acceso al Servicio Télex * 15.150 * (*) *
(*) Se aplicarán las cuotas traslado, actuación y visita fijadas para el servicio telefónico.
(**) A los circuitos telefotográficos constituidos en el mismo distrito que se conecten a la MPI se les aplicará una bonificación del 50 por 100.
Las cuotas correspondientes a circuitos a cuatro hilos serán el doble de las establecidas para circuitos a dos hilos.
2.2 Cuota de abono mensual.
2.2.1 Circuitos de impulsos para telegrafía 50 b/s.
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas * Alquiler doce horas - Pesetas *
En un mismo distrito * 2968 * - *
Entre distritos distintos: * * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 16.930 * 11.005 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 20.939 * 13.610 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * *
De 0 a 100 kilómetros * 22.424 * 14.576 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 29.909 * 19.441 *
Más de 400 kilómetros * 40.872 * 26.437 *
Canarias: * *
Entre Centros de distintas islas de la misma provincia * 22.424 * 14.576 *
Entre las demás islas del archipiélago * 29.909 * 19.441 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 40.672 * 26.437 *
2.2.2 Circuitos de impulsos para telegrafía 75 b/s.
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas * Alquiler doce horas (a extinguir) - Pesetas *
En un mismo distrito * 3.712 * - *
Entre distritos distintos: * * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 19.798 * 12.869 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 26.172 * 17.012 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * *
De 0 a 100 kilómetros * 28.065 * 18.242 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 38 0a3 * 24 7Ro *
Más de 400 kilómetros * 54.377 * 35.345 *
Canarias: * *
Entre Centros de distintas islas de la misma provincia * 28.065 * 18.242 *
Entre las demás islas del archipiélago * 38.093 * 24.760 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 54.377 * 35.345 *
2.2.3 Circuitos de impulsos para transmisión de datos hasta 200 b/s, dos hilos.
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas * Alquiler hora/día/mes (a extinguir) - Pesetas *
En un mismo distrito * 7.016 * - *
Entre distritos distintos: * * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 21.580 * 2.590 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 31.408 * 3.769 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * * *
De 0 a 100 kilómetros * 33.263 * 5.655 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 43.115 * 7.330 *
Más de 400 kilómetros * 58.753 * 9.988 *
Canarias: * * *
Entre Centros de distintas islas de la misma provincia * 33.263 * 5.655 *
Entre las demás islas del archipiélago * 43 .115 * 7 .330 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 58.753 * 9.988 *
2.2.4 Circuitos telefónicos para transmisión de datos de más de 200 b/s hasta 1.200 b/s dos hilos.
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas * Alquiler hora/día/mes (a extinguir) - Pesetas *
En un mismo distrito * 10.584 * - *
Entre distritos distintos: * * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 36.229 * 7.246 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 48.348 * 2.670 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * * *
De 0 a 100 kilómetros * 68.104 * 13.621 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 8a.763 * 17.953 *
Más de 400 kilómetros * 129.758 * 25.a52 *
Canarias: * * *
Entre Centros de distintas islas de la misma provincia * 68.104 * 13.621 *
Entre las demás islas del archipiélago * 89.763 * 17.953 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 129.758 * 25.752 *
2.2.5 Circuitos telefónicos para transmisión de datos de más de 200 b/s y hasta 1.200 b/s cuatro hilos.
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas *
En un mismo distrito * 21.168 *
Entre distritos distintos: * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 57.397 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 69.516 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * *
De cero a 100 kilómetros * 89.272 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 110.931 *
Más de 400 kilómetros * 150.936 *
Canarias: * *
Entre centros de distintas islas de la misma provincia * 89.272 *
Entre las demás islas del archipiélago * 110.Y31 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 150.926 *
2.2.6 Circuitos telefónicos para transmisión de datos de más de 1.200 b/s y hasta 9.600 b/s cuatro hilos.
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas *
En un mismo distrito * 27.408 *
Entre distintos distritos: * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 72.486 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 98.947 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * *
De cero a 100 kilómetros * 124.576 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 163.724 *
Más de 400 kilómetros * 217.575 *
Canarias: * *
Entre centros de distintas islas de la misma provincia * 124.576 *
Entre las demás islas del archipiélago * 163.724 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 217.575 *
2.2.7 Circuitos telefotográficos y facsímil, dos hilos:
Ambito * Alquiler permanente - Pesetas *
En un mismo distrito * 2,400 *
Entre distritos distintos: * *
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas urbanas con sus distritos periféricos * 36.600 *
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes * 36.600 *
Entre distritos no colindantes según distancia: * *
De cero a 100 kilómetros * 47.615 *
Más de 100 a 400 kilómetros * 67.500 *
Más de 400 kilómetros * 98.000 *
Canarias: * *
Entre centros de distintas islas de la misma provincia * 47.615 *
Entre las demás islas del archipiélago * 67.500 *
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa * 98.000 *
A los...
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